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26 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de abril de 2024 El Peruano / con la conformidad del mismo por parte de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MINEM; Que, la O fi cina de Presupuesto, mediante el Informe N° 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 soles); Que, a través del Informe N° 106-2024-MINEM/ OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el GORE Huánuco cumplió con presentar los Informes de Avances y Logros del Convenio 2023, dando la conformidad de los mismos a través de los Informes N° 144-2023-MINEM- OGPP/ODICR, N° 309-2023-MINEM-OGPP/ODICR, N° 009-2024-MINEM-OGPP/ODICR y N° 070-2024-MINEM- OGPP/ODICR, a fi n que se realice la transferencia a favor del mencionado GORE, cumpliéndose así con lo establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio; Que, asimismo, cabe indicar que la O fi cina de Presupuesto ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2024-00031-001, con cargo a la Meta Nº 0050 y SIAF Nº 0000000027, por el monto de hasta S/ 5 200 000,00 (Cinco millones y doscientos mil 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 099-2024-MINEM- OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros hasta el monto de S/ 100,000.00 (Cien mil y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y cuenta con los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la primera transferencia fi nanciera a favor del GORE Huánuco, en el marco de la Ley N° 31953, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 360-2024-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31953, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del GORE Huánuco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Huánuco, para ser destinada exclusivamente a su dirección o gerencia regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de sus funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En soles) Pliego 448 : Gobierno Regional de Huánuco 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Huánuco - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0804Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20489250731 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Huánuco, correspondiente al Año Fiscal 2024. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2277879-1 Autorizan transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2024-MINEM/DM Lima, 9 de abril de 2024VISTOS: El Informe Nº 107-2024-MINEM/OGPP- ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe N° 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto, ambas pertenecientes a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 095-2024-MINEM-OGA/ OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 361-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite i) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza de manera excepcional al Ministerio de Energía y Minas a realizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, destinadas a fi nanciar exclusivamente, a las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para fi nanciar el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 Soles); Que, en el literal K) de la precitada norma se señala, además, que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii. Las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Asimismo, el citado literal indica que, las entidades que reciben las transferencias fi nancieras deben informar al MINEM los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución