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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (10/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de abril de 2024 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban modificación de la denominación de cuatro (04) Fichas de Homologación de requisitos de calificación del personal clave, plantel profesional clave y experiencia del postor en la especialidad, para consultoría de obras y ejecución de obras de pavimentación de vías urbanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 117-2024-VIVIENDA Lima, 9 de abril de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 000629-2023-PERU COMPRAS- JEFATURA de la Central de Compras Públicas, el Memorándum Nº 1442-2023-VIVIENDA/VMVU/PMIB del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, el Informe Técnico Legal N° 003-2024-VIVIENDA-DGPRVU-DUDU- Mcmb-Mgph de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano, el Memorándum N° 255-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 271-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 4 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que este Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; y, tiene como una de sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del sector; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082- 2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras; una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante, el Reglamento, prescribe que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras; Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento, establece que la aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras; dichos actos cuentan con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el diario o fi cial “El Peruano”; la facultad del Titular a que se refi ere este numeral es indelegable; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 146-2021-VIVIENDA se aprueban cuatro Fichas de Homologación de “Requisitos de cali fi cación del plantel profesional clave para consultoría de obras y ejecución de obras de pavimentación de vías urbanas”; Que, por la Resolución Jefatural N° 164-2023-PERÚ COMPRAS, se aprueba la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones que Regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos”, en adelante, la Directiva; Que, el numeral 7.5 de la Directiva, señala que la Ficha de Homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especi fi cadas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, dentro del ámbito de sus competencias; Que, conforme al numeral 8.15 de la Directiva, referido a la modi fi cación de la Ficha de Homologación, los ministerios deben presentar a Perú Compras, el expediente de solicitud de opinión respecto de la viabilidad de modi fi cación de la Ficha de Homologación, adjuntando el informe técnico correspondiente; asimismo, la Resolución Ministerial de aprobación debe publicarse en el diario o fi cial “El Peruano”, y remitirse a la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras en el día de su publicación, a efectos de gestionar la incorporación de la Ficha de Homologación modi fi cada en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” del portal institucional de Perú Compras; Que, mediante el O fi cio N° 000629-2023-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras, comunica al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que el Tribunal de Contrataciones del Estado mediante la Resolución N° 2505-2022-TCE-S3, ha solicitado que “se veri fi que el acto emitido a través de la Resolución Ministerial N° 146-2021-VIVIENDA, por la cual aprobó cuatro (4) fi chas de homologación de requisitos de cali fi cación del plantel profesional clave para la consultoría de obras y ejecución de obras de pavimentos de vías urbanas, mas no los requisitos para acreditar la “experiencia del postor en la especialidad”; Que, a través del Memorándum Nº 1442-2023-VIVIENDA/VMVU/PMIB, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, remite el Informe N° 024-2023/VMVU-PMIB-UAI, en el cual, se plantea la modi fi cación de la denominación de las referidas fi chas de homologación, con la fi nalidad de que éstas re fl ejen la propuesta de estandarización y homologación de los requisitos de cali fi cación del personal clave, plantel profesional clave y experiencia del postor en la especialidad, de acuerdo a lo desarrollado en las propias fi chas de homologación que forman parte integrante de la Resolución Ministerial N°146-2021- VIVIENDA; Que, mediante los O fi cios N° 022-2024-VIVIENDA- VMVU/DGPRVU y Nº 045-2024-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, solicita la opinión de Perú Compras, respecto a modi fi car la denominación de las cuatro Fichas de Homologación aprobadas por la Resolución Ministerial N°146-2021-VIVIENDA; Que, a través del O fi cio N° 000015-2024-PERU COMPRAS-JEFATURA, Perú Compras remite el Informe N° 0024-2024-PERU COMPRAS-DES, por el cual la Dirección de Estandarización y Sistematización, emite opinión favorable respecto a dicha solicitud; señalando que la propuesta modi fi catoria, cumple con las disposiciones generales y especí fi cas previstas en la Directiva; Que, con el Informe Técnico Legal N° 003-2024-VIVIENDA-DGPRVU-DUDU-Mcmb-Mgph, la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, concluye que habiendo cumplido con las disposiciones establecidas en la Directiva, y contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras, resulta técnica y legalmente viable, modi fi car la denominación de las cuatro