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29 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de abril de 2024 El Peruano / Modernización, el O fi cio N° 000004-2024-UNDAC-D/URH de la Unidad de Recursos Humanos, sobre aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión (MCC-UNDAC), según el expediente de (179) folios; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 18 de la Constitución Política del Perú, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos; Que, en la Ley Universitaria N° 30220 establece en su Artículo 8 “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable; Que, el artículo 30° del Estatuto vigente establece que el Rector es el personero y el representante legal de la Universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley Universitaria N° 30220 y del Estatuto de la Universidad. (…); Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público establece que para postular a un empleo público se debe reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada Directiva, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al (a la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, bajo dicho marco normativo y, con O fi cio N° 000004-2024-UNDAC-D/URH la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión propone y sustenta la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, precisando que dicho instrumento tiene como fi nalidad determinar la denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos que debe reunir quien ocupe cada cargo clasi fi cado; Que, asimismo, que con Informe Técnico de la Sub Unidad de Modernización N° 000003-2024-UNDAC-D/ SUM, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión; De conformidad con la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR- GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, y la Resolución Rectoral Nª 102-2021-UNDAC aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la UNDAC; El señor Rector, en concordancia a los documentos del visto, dispone la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión (MCC-UNDAC), en ese sentido, es pertinente emitir el acto resolutivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público, en la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil; el artículo 62°, inciso 62.2) de la Ley Universitaria Nº 30220; el artículo 32°, inciso b) del Estatuto vigente, demás disposiciones legales vigentes; y, El señor Rector, en uso de las facultades que le confi ere la ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión (MCC-UNDAC), el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.– DISPONER que el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión. ANGEL CLAUDIO NUÑEZ MEZA Rector CESAR AUGUSTO MEZA ANDAMAYO Secretario General 2267366-1 Aprueban transferencia financiera por la Retribución Económica, mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para el periodo 2023 UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 126-2024-CCO-UNAJ Juliaca, 14 de marzo de 2024 VISTOS:El O fi cio N° 000998-2024-CG/GRECE, de fecha 29 de febrero de 2024; Informe N° 106-2024-OPP-CO/UNAJ, de fecha 06 de marzo de 2024; Informe N° 064-2024-DGA-P-CO/UNAJ, de fecha 08 de marzo de 2024; Acuerdo N° 207-2023-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de fecha 13 de marzo de 2024; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18°, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes;