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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (23/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 23 de abril de 2024 El Peruano / Que, asimismo, el artículo 5 de la Ley N° 31091, Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus SARS-CoV-2 y de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, dispone que el Ministerio de Salud, como ente rector, establece un esquema de vacunación con participación de los Gobiernos Regionales y de los sectores de la salud, para garantizar el acceso y cobertura; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de inmunizaciones, entre otras. Asimismo, de acuerdo con el literal b) del artículo 72 del precitado Reglamento, es función de la Dirección de Inmunizaciones formular e implementar las políticas, normas, lineamientos y otros documentos en materia de intervenciones estratégicas a su cargo, en todas las etapas de vida, en coordinación con los Gobiernos Regionales; Que, con Resolución Ministerial N° 884-2022/MINSA, se aprueba la NTS N° 196-MINSA/DGIESP-2022 “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”, en cuyo numeral 6.3.2.1 re fi ere que las actividades por la “Semana de Vacunación en las Américas” se desarrollan todos los años, siendo su fi nalidad posicionar a la vacunación en la comunidad como un derecho basado en principios de equidad, género, interculturalidad y panamericanismo, así como promover la movilización social a favor de la vacunación como un bien público. Se realiza en la última semana del mes de abril de cada año y se extiende de acuerdo al contexto epidemiológico de las enfermedades prevenibles por vacunación, donde se promueve el desarrollo de acciones de abogacía e incidencia para la implementación de políticas públicas a través de los diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local), sectores del estado (MINEDU, MIDIS, MIMP, otros), sector privado y comunidad organizada, que visualiza la importancia de la vacunación en la prevención de enfermedades y la participación de todos los actores en el territorio. Está orientada a cerrar las brechas de vacunación, mejorando el acceso de las poblaciones dispersas y excluidas del país, enfatizando en los distritos el riesgo por bajas coberturas y presencia de población vulnerable como comunidades alto andinas, amazónicas, migrantes y aquellas zonas de difícil acceso. Debe programarse todos los años de forma obligatoria en el Plan Operativo Anual (POA), según nivel de responsabilidad en salud; Que, a su vez, mediante Resolución Ministerial N° 863-2023/MINSA, se aprueba la NTS N° 208-MINSA/ DGIESP-2023, Norma Técnica de Salud que establece la vacunación contra la COVID-19, cuya fi nalidad es contribuir a proteger la vida y la salud de la población más afectada por la COVID-19 y sus variantes, reduciendo su trasmisión en el marco de la estrategia de prevención y control de las enfermedades inmunoprevenibles por vacuna; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Inmunizaciones, propone la aprobación de la Directiva Sanitaria que establece las disposiciones para las intervenciones de vacunación en la Semana de Vacunación en las Américas - 2024, cuya fi nalidad es contribuir a fortalecer la salud de la población a través de la vacunación para prevenir brotes o reintroducción de enfermedades inmunoprevenibles ya controladas, en vías de eliminación o erradicadas en el país; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 157-MINSA/DGIESP-2024, Directiva Sanitaria que establece las disposiciones para las intervenciones de vacunación en la Semana de Vacunación en las Américas - 2024, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2281837-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Modifican la R.M. N° 224-2022-VIVIENDA, que aprueba como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el D.Leg. N° 973, a la empresa RICARDO PALMA RENTAS S.A. (antes LIDER PROMOTORA INMOBILIARIA S.A.), por el desarrollo del proyecto denominado “NOMAD LIVING – RICARDO PALMA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2024-VIVIENDA Lima, 22 de abril de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 00090-2024/PROINVERSIÓN/ DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN); la Nota N° 105-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas