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8 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2024 El Peruano / y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones y facultades consideradas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; la Resolución Suprema N° 003-2024-MIDAGRI, y la Resolución de Gerencia General N° 078-2023-INIA-GG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 29 de abril de 2024, al señor HELÍ HERNANDO CARDENAS YAYA en el cargo de Director General de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL JefeInstituto Nacional de Innovación Agraria 2283736-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000068-2024-MIDIS San Isidro, 24 de abril del 2024VISTOS: El Proveído N° D0002348-2024-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000156-2024-MIDIS-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000103-2024-MIDIS-OP de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe N° D000167-2024-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 235-2023-MIDIS se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la Ley N° 31953, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el artículo 3 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada norma precedente, dispone que para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, asimismo, el numeral 4.2 del referido artículo precisa que las transferencias a que se re fi ere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio N° 000172-2024-CG/SGE y O fi cio N° 000213-2024-CG/PLPREPI, la Contraloría General de la República comunica al MIDIS que, en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado treinta y siete (37) procesos de compras que superan los diez (10) millones de soles, por lo cual solicita efectuar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), considerando lo establecido en el numeral 7.4 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 419-2023-CG; Que, mediante Memorando Nº D000873-2024-MIDIS/ PNAEQW-UA-CC, la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma solicita la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario por la suma de S/ 15 275 482,00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), para la atención de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, mediante Memorando Nº D001564-2024- MIDIS/PNAEQW-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma emite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 03051, en el marco de sus competencias y funciones estrictamente presupuestales, para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por un monto de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, del Pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en ese contexto, mediante el Informe N° D000106-2024-MIDIS/PNAEQW-DE, la Dirección Ejecutiva del citado programa, solicita se gestione una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y conforme a lo establecido en el numeral 8.3 de la Directiva N° 001-2023-MIDIS/SG “Directiva para la Ejecución Presupuestaria del Pliego 040: Ministerio De Desarrollo e Inclusión Social;