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13 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2024 El Peruano / Que, de conformidad con los literales a), c) y g) del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, la acción del Estado en materia de promoción de las micro y pequeñas empresas (MYPE) se orienta con los lineamientos estratégicos siguientes: (i) promueve y desarrolla programas e instrumentos que estimulen la creación, el desarrollo y la competitividad de las MYPE, en el corto y largo plazo y que favorezcan la sostenibilidad económica, fi nanciera y social de los actores involucrados; (ii) fomenta el espíritu emprendedor y creativo de la población y promueve la iniciativa e inversión privada, interviniendo en aquellas actividades en las que resulte necesario complementar las acciones que lleva a cabo el sector privado en apoyo a las MYPE; y (iii) propicia el acceso, en condiciones de equidad de género de los hombres y mujeres que conducen o laboran en las MYPE, a las oportunidades que ofrecen los programas de servicios de promoción, formalización y desarrollo; Que, el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, establece que el Ministerio de la Producción defi ne las políticas nacionales de promoción de las MYPE y coordina con las entidades del sector público y privado la coherencia y complementariedad de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3 de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada por el Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, señala que la referida Política General de Gobierno se desarrolla sobre nueve (9) ejes, los que se encuentran interrelacionados y guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país, entre los cuales se encuentra el Eje 4: “Reactivación económica”; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 042-2023- PCM establece los Lineamientos de la referida Política General de Gobierno; sobre el Eje 4: “Reactivación económica” se indican, entre otros, los siguientes Lineamientos: “4.4 Brindar apoyo al desarrollo empresarial, con énfasis en las Mipyme, a fi n de aumentar su competitividad y productividad en apoyo al crecimiento de la economía peruana”; “4.5 Implementar medidas de reactivación, con énfasis en los sectores agricultura, producción, turismo, cultura, ambiente y transportes y comunicaciones”; “4.7. Impulsar la prevención, control y mitigación de los impactos ambientales negativos, promoviendo la inversión económica sostenible; así como, fortalecer los mecanismos para la gestión integral de sustancias químicas y promover la valorización y la economía circular”; “4.9 Impulsar el crecimiento del comercio, la inversión y las exportaciones de bienes y servicios de manera sostenible, con énfasis en las agroexportaciones”; “4.10 Promover la inversión en investigación e innovación productiva”; y “4.11 Asegurar el uso sostenible de la diversidad biológica, para fortalecer la competitividad de las actividades económicas”; Que, la Política Nacional de Igualdad de Género, aprobada por el Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP, propone atacar tanto los factores causales como los efectos de la discriminación estructura contra las mujeres; por su parte, el artículo 2 de la referida norma señala que la mencionada Política Nacional es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2023-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce”, se aprueban las líneas prioritarias de intervención del Ministerio de la Producción, denominadas en su conjunto “Perú Produce”, las cuales están orientadas a fomentar la competitividad y productividad empresarial en las MYPE, cooperativas, asociaciones y otras formas de organización empresarial del subsector MYPE e Industria y del subsector Pesca y Acuicultura (denominadas conjuntamente como “Unidades de Negocio”); Que, el numeral 1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 006-2023-PRODUCE, establece la Línea prioritaria de intervención Mujer Produce que tiene por objetivo potenciar las habilidades empresariales y productivas de Unidades de Negocio gestionadas o conformadas por mujeres, según corresponda, incluyendo a los emprendimientos en sus distintas etapas, para contribuir con su autonomía económica y promoción de oportunidades de negocio. Asimismo, promueve su participación en cadenas de valor productivas orientadas a mercados regidos por las reglas del comercio justo u otros esquemas de comercio inclusivo; Que, el referido artículo 2 dispone que las líneas prioritarias de intervención “Perú Produce” ponen especial énfasis en aquellas Unidades de Negocio que evidencien una brecha de apropiación en cuanto a la adopción y uso de tecnologías digitales en sus procesos productivos; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 006-2023-PRODUCE indica que los documentos desarrollados en el marco de las líneas prioritarias de intervención “Perú Produce” son aprobados por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; asimismo, señala que el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria determina el responsable de la conducción de cada una de las líneas prioritarias, en el marco de su respectiva competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional “Tu Empresa”, se crea el referido Programa en el ámbito del Ministerio de la Producción, dependiente funcionalmente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el cual tiene como objetivo general contribuir al aumento de la productividad y ventas de las MYPE, brindándoles facilidades para formalizarse, acceder al crédito formal, digitalizarse, y desarrollar las capacidades de los/las empresarios/as; en particular, a través de los Centros de Desarrollo Empresarial autorizados por el Ministerio de la Producción; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000152-2023-PRODUCE se aprueba la ampliación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de la Producción, hasta el año 2026; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2026 del Ministerio de la Producción”, el cual establece como parte de sus Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI) al “OEI.02 Facilitar la formalización de las MYPE”, que cuenta con la siguiente Acción Estratégica Institucional (AEI): “AEI.02.01 Servicio de promoción e fi caz orientada a la formalización de las MYPE” que tiene como responsable al Programa Nacional “Tu Empresa”; Que, por la Resolución Ministerial Nº 00442-2023-PRODUCE se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 del Ministerio de la Producción (ajustado al PIA), el cual incluye la actividad operativa: “Fortalecimiento de Capacidades Empresariales Dirigido a Mujeres - Mujer Produce”; Que, la estrategia sectorial de articulación de servicios para implementar el crecimiento empresarial a través de la articulación de servicios del Sector Producción se encuentra alineada al siguiente Objetivo Estratégico Sectorial (OES): “OES.02: Fortalecer el desarrollo empresarial de las MIPYMES”, indicado en el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2026 del Ministerio de la Producción”; Que, a través de los Informes Nºs. 00000033-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA-UGEER y 00000064-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA-UGEER, el Programa Nacional “Tu Empresa” señala que resulta necesario aprobar los Procedimientos de la Línea Prioritaria de Intervención “Mujer Produce” y los Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mujer Produce”, a fi n de potenciar las habilidades empresariales y productivas de las unidades de negocio gestionadas o conformadas por mujeres, según corresponda, incluyendo a los emprendimientos en sus distintas etapas, para contribuir con su autonomía económica y promoción de oportunidades de negocio. Asimismo, promover su participación en cadenas de valor productivas orientadas a mercados regidos por las reglas del comercio justo u otros esquemas de comercio inclusivo; Que, mediante los Informes Nºs. 00000013-2024-PRODUCE/DGDE-cpasachec y 00000017-2024-PRODUCE/DGDE-cpasachec, la Dirección General de Desarrollo Empresarial sustenta la aprobación de los Procedimientos de la Línea Prioritaria de Intervención “Mujer Produce” y los Lineamientos para