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18 NORMAS LEGALES Lunes 5 de agosto de 2024 El Peruano / portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2312430-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU Autorizan viaje del alcalde a Panamá, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 56-2024-MDM-CM Machupicchu, 1 de julio del 2024POR CUANTO:El concejo en Sesión Ordinaria de fecha 27 de junio de 2024, en la cual se llevó a cabo la sesión ordinaria programada y convocada, bajo la Presidencia del C.P.C. Elvis L. La Torre Uñaccori, alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, con la asistencia de los Señores Regidores: Leticia Rojas Salas, Jimmy Arones Silva, Sonia Hancco Mamani y Alfredo Tapia Santisteban. VISTO:El documento con Nº de Expediente 3723 y Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 27 de junio de 2024; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modi fi cado por Ley Nº 30305, señaló que: “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”, concordante con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la fi nalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercer sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; por lo que en concordancia con el Artículo 41º del acotado dispositivo legal, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referida a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Asimismo, el artículo 9º inciso 8 señala que “Corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos”; Que, el numeral 11º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del concejo municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, mediante documento con Nº de Expediente 3723, ingresado por mesa de partes de la entidad municipal en fecha 26 de junio de 2024, la directora del Programa Regional de Seguridad Energética y Cambio Climático en América Latina (EKLA) Fundación Konrad Adenauer (KAS), extiende la invitación al: ENCUENTRO DE LA RED DE CIUDADES SOSTENIBLES Y ALCALDÍAS PARA LA DEMOCRACIA actividad que se realizará del 07 al 09 de agosto del 2024 en la ciudad de Panamá, evento que se llevará de manera presencial; Que, en Sesión Ordinaria del 27 de junio del 2024, se puso a consideración del Concejo Municipal el tema de AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS DEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU, C.P.C ELVIS LEXIN LA TORRE UÑACCORI, AL PAÍS DE PANAMÁ, en merito a la invitación cursada por la directora del Programa Regional de Seguridad Energética y Cambio Climático en América Latina (EKLA) Fundación Konrad Adenauer (KAS), la misma que fue debatida y aprobada por MAYORÍA del Concejo Municipal, y de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR y AUTORIZAR el viaje al exterior del país del alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, C.P.C Elvis Lexin La Torre Uñaccori, al país de Panamá, en merito a la invitación cursada por la directora del Programa Regional de Seguridad Energética y Cambio Climático en América Latina (EKLA) Fundación Konrad Adenauer (KAS) en merito a la invitación a la TERCERA JORNADA DE ANIVERSARIO DE LA RED DE CIUDADES SOSTENIBLES Y ALCALDÍAS PARA LA DEMOCRACIA la misma que se llevaran a cabo desde el 07 al 09 de agosto del 2024. Artículo Segundo.- PRECISAR, la Municipalidad Distrital de Machupicchu, no asumirá costo alguno, todos los gastos que irrogue el viaje al extranjero serán asumidos por los an fi triones y organizadores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario de mayor circulación y plataforma web de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIS L. LA TORRE UÑACCORI Alcalde 2311950-1