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4 NORMAS LEGALES Lunes 5 de agosto de 2024 El Peruano / exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado O fi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 9.- El O fi cial Superior designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2311796-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000110-2024- MIDIS San Isidro, 2 de agosto del 2024 VISTOS: El Memorando Nº D000601-2024-MIDIS-SG emitido por la Secretaría General; el Memorando Nº D001517-2024-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº D0000329-2024-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, por Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose entre los órganos de asesoramiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, por Resolución Ministerial Nº 048-2020-MIDIS, se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Jefe/a de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Jefe/a de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, resulta necesario designar a su titular; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor NAPOLEÓN ENRIQUE FERNÁNDEZ URCIA en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial al señor NAPOLEÓN ENRIQUE FERNÁNDEZ URCIA y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2312240-1 Crean la Unidad Funcional de Fiscalización Posterior en las Contrataciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000111-2024- MIDIS San Isidro, 2 de agosto del 2024 VISTOS: El Informe Nº D002249-2024-MIDIS-OA emitido por la O fi cina de Abastecimiento; el Informe Nº D000146- 2024-MIDIS-OGA emitido por la O fi cina General de Administración; el Informe Nº D000290-2024-MIDIS- OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000328-2024-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº D000148-2024-MIDIS- OM emitido por la O fi cina de Modernización; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, conforme a lo previsto en los artículos 35 y 36 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS (en adelante, el Reglamento de Organización y Funciones), la Ofi cina General de Administración es el órgano de apoyo dependiente de la Secretaría General responsable de la conducción, entre otros, de los procesos del Sistema Administrativo de Abastecimiento; por ende tiene entre sus funciones, dirigir, evaluar y supervisar los procesos técnicos relacionados a dicho sistema, así como, dirigir los pagos de las obligaciones contraídas por la Sede Central para su normal funcionamiento; Que, asimismo, los artículos 38 y 39 del Reglamento de Organización y Funciones establecen que, la O fi cina de Abastecimiento es la unidad orgánica de apoyo dependiente de la O fi cina General de Administración, responsable de la programación, ejecución y control de los procesos del Sistema Administrativo de Abastecimiento de la Sede Central; y tiene entre otras funciones, efectuar los procesos de contratación que le compete, de acuerdo con el marco normativo que regula las contrataciones del Estado y realizar la gestión administrativa de los contratos, órdenes de compra y órdenes de servicio de aquellos cuya supervisión se encuentra a cargo de las unidades de organización de la Sede Central; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.16 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único