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49 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto de las áreas expropiadas del bien inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.Artículo 4.- Inscripción registral de las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas afectadas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DE LAS ÁREAS AFECTADAS DE UN (1) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “TRAMO N° 2 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (URCOS - INAMBARI)”. N°.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES CECILIA HUAMANI MERCADOCODIGO: T2-SHUAYLL-06 6 215,78LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Colindancia Área 01:Por el norte: con Carretera Interoceánica Sur con 16.95 mlPor el sur: con remanente U.C. 328520 con 17.71 mlPor el este: con Carretera Interoceánica Sur con 18.63 mlPor el oeste: con Carretera Interoceánica Sur con 21.83 ml Colindancia Área 02: Por el norte: con Carretera Interoceánica Sur con 5.60 mlPor el sur: con Carretera Interoceánica Sur con 7.30 mlPor el este: con remanente U.C. 328520 con 48.66 mlPor el oeste: con Carretera Interoceánica Sur con 42.91 ml Colindancia Área 03: Por el norte: con Carretera Interoceánica Sur con 5.82 mlPor el sur: con Carretera Interoceánica Sur con 6.54 mlPor el este: con Carretera Interoceánica Sur con 55.12 mlPor el oeste: con remanente U.C. 328520 con 59.70 mlAREA AFECTADA: 767.38 m2AFECTACIÓN: DIRECTA Parcial del Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA ÁREA 01: 323.03 m2 VÉRTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 6.35 285823.7032 8496114.2425 B B-C 1.59 285828.0159 8496109.5833 C C-D 3.98 285826.6636 8496108.7435 D D-E 6.71 285826.8944 8496104.7741 E E-F 0.78 285828.8498 8496098.3562 F F-G 2.87 285828.2076 8496097.9069 G G-H 2.82 285825.8467 8496096.2702 H H-I 11.24 285823.5260 8496094.6751 I I-J 5.58 285814.2627 8496088.3173 J J-K 2.41 285811.9275 8496093.3861 K K-L 4.52 285813.5850 8496095.1358 L L-M 5.00 285812.1502 8496099.4251 M M-N 4.32 285809.3547 8496103.5743 N N-O 7.22 285808.2002 8496107.7336 O O-P 4.54 285814.4097 8496111.4230 P P-A 5.19 285818.8461 8496112.4028