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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (04/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTOS: Hoja de Elevación Nº 000626-2024-OAF- MIGRACIONES, de la O fi cina de Administración y Finanzas y el Informe Nº 000680-2024-OAJ-MIGRACIONES, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, los literales o) y p) del artículo 15 de la citada norma establece que, el Superintendente Nacional tiene la función de delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de MIGRACIONES, así como ejercer las demás funciones y atribuciones que le corresponden con arreglo a la normatividad aplicable; Que, a través del Decreto Supremo Nº 005-2024-IN, se modi fi ca el Decreto Supremo Nº 009-2020-IN, que aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, y mediante Resolución de Superintendencia Nº 00139-2024-MIGRACIONES se aprobó la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, que comprende: i) Dos (02) títulos; ii) Siete (07) capítulos; iii) Ochenta y dos (82) artículos, y Un (01) anexo con el organigrama de la Entidad; Que, en el inciso e) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 000024-2024-MIGRACIONES, de fecha 8 de enero de 2024, se delegó en el/la Jefe/a de O fi cina de Administración y Finanzas durante el Ejercicio Fiscal 2024, la facultad y atribución en materia administrativa de autorizar el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores. Dicho reconocimiento de los adeudos, se formalizará por resolución contando previamente con el Informe del área usuaria, el Informe Técnico del área de Abastecimiento y el Informe Legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, el requerimiento de un informe legal en el trámite de la autorización de pago de créditos devengados de ejercicios anteriores, se sustentó en las disposiciones emanadas del Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, Reglamento del Procedimiento Administrativo para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado, que así lo exigía en su artículo 7°; Que, el Decreto Legislativo Nº 1645, Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Nacional de Tesorería y el Sistema Nacional de Endeudamiento Público, a través del inciso 2) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria, dispuso la derogación del mencionado Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, siendo esto así, tal requerimiento de un informe legal ya no tiene exigencia jurídica normativa; Que, mediante la Hoja de Elevación Nº 000626-2024-OAF- MIGRACIONES de la O fi cina de Administración y Finanzas, considera pertinente modi fi car la Resolución de Superintendencia Nº 000024-2024-MIGRACIONES, sobre la delegación de facultades y atribuciones delegadas en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración y Finanzas durante el ejercicio fi scal 2024, en materia administrativa, establecida en el inciso e) del numeral 2.2 del artículo 2, sobre la autorización de pago de créditos devengados de ejercicios anteriores, ya no siendo necesario el informe legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante el Informe Nº 000680-2024-OAJ- MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable, realizar la modi fi cación de la Resolución de Superintendencia Nº 000024-2024-MIGRACIONES, mediante una Resolución de Superintendencia, que debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, el numeral i) del artículo 11° del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10 del referido documento en el que se prescribe que, el Despacho de el/la Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Estando a lo propuesto, con los vistos buenos de la Gerencia General, las O fi cinas de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000139-2024-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el inciso e) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 000024-2024-MIGRACIONES, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración y Finanzas durante el Ejercicio Fiscal 2024, las siguientes facultades y atribuciones: (…) 2.2. En materia administrativa: (…)e) Autorizar el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores. Dicho reconocimiento de los adeudos, se formalizará por resolución contando previamente con el Informe del área usuaria y el Informe Técnico del área de Abastecimiento.” Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación que efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA Superintendente 2350454-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Dan por terminada designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Otuzco RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 712-2024-CG Lima, 3 de diciembre de 2024VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000195-2024-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa Nº 000089-2024-CG/GRLIB, de la Gerencia Regional de Control de La Libertad; el Memorando Nº 001578-2024-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa Nº 001056-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando