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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2024 (08/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 8 de enero de 2024 El Peruano / tales efectos, los mecanismos que se utilicen para la difusión de sus servicios bajo dicho nombre comercial deben asegurar la transparencia de su condición como corredor o auxiliar. (…)14.2 Las personas naturales que hayan aprobado la evaluación de competencias deben presentar el formato al que se hace referencia en el párrafo 14.1 y la siguiente documentación: 1. Curriculum vitae actualizado. 2. Declaración jurada de no encontrarse incurso en los impedimentos señalados en el artículo 12 del presente Reglamento. 3. Un ejemplar del Código de Conducta o indicar la adhesión a uno gremial, el que debe estar basado en principios que observen el cumplimiento de las obligaciones con los contratantes y/o asegurados, así como las relaciones con otros corredores de seguros, ajustadores de seguros y las empresas de seguros. 4. Declaración Jurada de contar con los manuales que se detallan y que deben estar a disposición de la Superintendencia: 4.1 Manuales de políticas y procedimientos referidos a los siguientes aspectos: a) La oferta de sus servicios a los potenciales contratantes de seguros. b) La asesoría, contratación y gestión del seguro en todas sus etapas. c) Prácticas de negocio en su relación con los contratantes y/o asegurados, respecto de la intermediación de productos de seguros, la transparencia de información y la gestión de reclamos y requerimientos. d) La gestión de siniestros. 4.2 Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el sistema de atención al usuario. 4.3 Manuales de políticas y procedimientos relacionados con el cumplimiento del Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. (…) Artículo Segundo.- Modi fi car el procedimiento Nº 47 “Autorización de inscripción de corredores de seguros en el Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 1581-2023, conforme al texto que se adjunta a la presente resolución y se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2250620-1 Dejan sin efecto la Resolución SBS N° 2129- 2014, mediante la cual se autorizó a persona natural actuar como Representante de Credit Suisse AG en el Perú RESOLUCIÓN SBS N° 04166-2023 Lima, 18 de diciembre de 2023LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el Credit Suisse AG, para que esta Superintendencia deje sin efecto la autorización otorgada al señor Manuel Alfredo González Spahr para actuar como su representante en el Perú; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución SBS N° 2129-2014 del 07.04.2014, se autorizó al señor Manuel Alfredo González Spahr para actuar como Representante de Credit Suisse AG en el Perú; USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES