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12 NORMAS LEGALES Viernes 19 de enero de 2024 El Peruano / al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-Administración General, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 6.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 7.- Monitoreo De acuerdo a los convenios suscritos con EPS EMAPISCO S.A., EPS EMAPAVIGS S.A., EMAPA HUARAL S.A. y SEDALIB S.A., se encarga al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) el monitoreo al cumplimiento de las metas físicas y fi nancieras de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento, para lo cual se realiza la transferencia fi nanciera, considerando la información que esta envíe. El OTASS informa mensualmente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre dichas acciones, a través de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. Artículo 8.- Precisión de la Resolución Ministerial N° 011-2024-VIVIENDA Precisar que la denominación de la empresa prestadora de servicios de agua potable y saneamiento consignada en el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 011-2024-VIVIENDA, así como en otros extremos de la misma, corresponde a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima (EPS EMAPAB S.A.). Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2254257-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 02-2024-VIVIENDA/VMCS A solicitud del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se publica Fe de Erratas de la Resolución Viceministerial N° 02-2024-VIVIENDA/VMCS, publicada en la edición del día 10 de enero de 2024. • En el séptimo considerandoDICE:“Que conforme a la Nota N° 418-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS (…) designar al señor Yuri Alex Pozo Sánchez (…)” DEBE DECIR: “Que conforme a la Nota N° 418-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS (…) designar al señor Yury Alex Pozo Sánchez (…)”• En el artículo 1 DICE:“Artículo 1 (…).- (…) Director titular Yuri Alex Pozo Sánchez ” DEBE DECIR:“Artículo 1 (…).- (…) Director titular Yury Alex Pozo Sánchez ” 2254161-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Asesor de la Secretaría General del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000003-2024-SIS/J La Victoria, 17 de enero del 2024VISTOS: La Nota Informativa Nº 000007-2024-SIS/ SG de la Secretaría General, el Informe Nº 000015-2024-SIS/OGAR-UFGRH de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, el Memorando Nº 000115-2024-SIS/OGAR de la O fi cina de Administración de Recursos, el Informe Legal Nº 000021-2024-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016- SA, dispone que corresponde al Jefe del SIS “designar, suspender o remover al Jefe Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza, de acuerdo a la normatividad aplicable”; Que, mediante Nota Informativa Nº 000007-2024- SIS/SG, la Secretaría General propone a la Jefatura del SIS, la designación, en el cargo de con fi anza de Asesor de Secretaría General, del señor José Hamblett Villegas Ortega, propuesta que fue estimada por la Jefatura del SIS, mediante Proveído Nº 000091-2024-SIS/J con la fi nalidad de continuar con el trámite correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 000115-2024-SIS/ OGAR, la O fi cina General de Administración de Recursos hace suyo el Informe Nº 000015-2024-SIS/OGAR-UFGRH, por medio del cual señala que resulta viable designar dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057, al señor José Hamblett Villegas Ortega en el cargo de con fi anza de Asesor de la Secretaría General del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Informe Legal Nº 000021-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que, en mérito a lo opinado por la O fi cina de Gestión de