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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2024 (19/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 19 de enero de 2024 El Peruano / Que, mediante Memorando N° 003615-2023- CG/GAD, la Gerencia de Administración comunica a la Gerencia de Modernización y Planeamiento su conformidad a la propuesta de Manual Operativo de las Unidades Ejecutoras 003: Macrorregión de Control Norte, 004: Macrorregión de Control Centro y 005: Macrorregión de Control Sur; Que, mediante Memorando N° 001010-2023-CG/ GMPL, la Gerencia de Modernización y Planeamiento remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, la Hoja Informativa N° 000971-2023-CG/PLPREPI de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, en la que se sustenta la propuesta de Manual Operativo de las Unidades Ejecutoras 003: Macrorregión de Control Norte, 004: Macrorregión de Control Centro y 005: Macrorregión de Control Sur, como un documento técnico normativo de gestión organizacional que establece la estructura funcional, líneas de autoridad y mecanismos de coordinación de las referidas tres (03) Unidades Ejecutoras; Que, mediante Memorando N° 000013-2024-CG/ MODER y Memorando N° 000015-2024-CG/MODER, la Subgerencia de Modernización remite precisiones a la Subgerencia de Asesoría Jurídica, respecto del Manual Operativo de las Unidades Ejecutoras 003: Macrorregión de Control Norte, 004: Macrorregión de Control Centro y 005: Macrorregión de Control Sur; asimismo, señala que en virtud de lo establecido en el literal z) del artículo 73-B del Reglamento de Organización y Funciones vigente, corresponde a la Gerencia de Recursos Estratégicos aprobar el documento técnico normativo que determina la gestión interna de las mencionadas tres (03) Unidades Ejecutoras; Que, mediante Memorando N° 000036-2024-CG/ GJNC, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental remite la Hoja Informativa N° 000031-2024-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, por medio de la cual se concluye que resulta jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo por el cual se apruebe el Manual Operativo de las Unidades Ejecutoras 003: Macrorregión de Control Norte, 004: Macrorregión de Control Centro y 005: Macrorregión de Control Sur, de acuerdo a la propuesta alcanzada por la Gerencia de Modernización y Planeamiento mediante Memorando N° 001010-2023CG/GMPL, y precisada por la Subgerencia de Modernización, a través de los Memorandos N° 000013-2024-CG/MODER y N° 000015-2024-CG/MODER; Que, contándose con el visto bueno de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental y del Especialista Legal designado por la Gerencia de Recursos Estratégicos; y de conformidad con lo previsto en los literales x) y z) de la del artículo 73-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Manual Operativo de las Unidades Ejecutoras 003: Macrorregión de Control Norte, 004: Macrorregión de Control Centro y 005: Macrorregión de Control Sur, como un documento técnico normativo de gestión organizacional que establece la estructura funcional, líneas de autoridad y mecanismos de coordinación de las mencionadas Unidades Ejecutoras; el mismo que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez, ésta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloría), y en la intranet de la Contraloría General de las República. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGEL ESTEIMAN JAUREGUI CHAVEZ Gerente de Recursos Estratégicos 2254086-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban Transferencia Financiera de la Universidad Nacional Agraria de la Selva a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 806-2023-R-UNAS Tingo María, 24 de octubre de 2023EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA; VISTO:La Carta N° 1370-2023-OPP-UNASTM de fecha 23 de octubre de 2023, el Director (e) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, sobre transferencia fi nanciera en el marco de la Ley N° 31638, (Reg. N° 1842 S.G.); CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31638 de fecha 06 de diciembre de 2022, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fi scal 2023; Que, en el inciso d) del artículo 126º del Estatuto Modi fi cado vigente, señala que son atribuciones del Vicerrector Académico “Reemplazar al Rector, en caso de ausencia e impedimento temporal”; Que, mediante Resolución N° 796-2023-R-UNAS, de fecha 20 de octubre de 2023, se resuelve encargar el Despacho del Rectorado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva al Dr. LUCIO MANRIQUE DE LARA SUAREZ-Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, del 22 de octubre al 05 de noviembre de 2023, o mientras dure la ausencia del titular; Que, con Resolución N° 896-2022-R-UNAS de fecha 30 de diciembre de 2022, la Universidad Nacional Agraria de la Selva, resuelve en su Artículo Primero “Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del pliego 526 Universidad Nacional Agraria de la Selva. (…)”; Que, con fecha 16 de noviembre de 2021 se promulga la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, la cual señala que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas entre otros mecanismos de inversión a cargo de los pliegos del gobierno nacional, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° de la citada Ley, dispone para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones mencionadas, que se destine para su fi nanciamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación; el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, el artículo 4°, numeral 4.1 de la Ley N° 31358, prescribe que se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional a cargo de las intervenciones mencionadas, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias para las categorías de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes