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64 NORMAS LEGALES Sábado 24 de febrero de 2024 El Peruano / a fi n de ponerse a consideración del Concejo Municipal para su aprobación. Que, mediante INFORME N° 040-2024/MPS-GAJ, de fecha 24 de enero del año 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación de la mencionada propuesta, la cual se encuentra acorde con la normatividad vigente aplicable, por lo cual resulta procedente aprobar el Proyecto de Ordenanza propuesto. Que, luego de las diversas intervenciones de los Miembros del Concejo, se llevó a cabo la votación con nueve (09) votos a favor, aprobándose por UNANIMIDAD, lo siguiente: “ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERÉS MORATORIO, TASA POR SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES Y LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO AL CONTADO Y DE FORMA TRIMESTRAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2024”. Artículo Primero.- FÍJESE en 0.90% mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias correspondiente al ejercicio fi scal 2024 generadas por la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Provincial de Sechura; encontrándose sujeta a variación a lo que fi je la SUNAT. Artículo Segundo.- PRECÍSESE que para el Impuesto de Alcabala e Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, los intereses moratorios, se computan al día siguiente del vencimiento del plazo para el pago establecido en el del Decreto Supremo 156-2004-EF Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal.Artículo Tercero.- FÍJESE en CATORCE Y 40/100 SOLES (S/.14.40), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2024. Artículo Cuarto.- FÍJESE como fecha de pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2024 el 29 de Febrero del 2024 o de forma trimestral, de acuerdo al siguiente vencimiento: a) Enero y Febrero :29 de Febrero del 2024. b) Marzo, Abril y Mayo :31 de Mayo del 2024.c) Junio, Julio y Agosto :31 de Agosto del 2024.d) Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre: 30 de Noviembre del 2024. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo Séptimo.- ENCARGAR la Publicación y Difusión de la presente Ordenanza Municipal a Secretaria General y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARMEN ROSA MORALES LORO Alcaldesa 2264234-1