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48 NORMAS LEGALES Sábado 24 de febrero de 2024 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aprueban las “Especificaciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motrices del Bus Patrón Eléctrico” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN DE TRANSPORTE URBANO Y RECAUDO N° D-000009-2024-ATU/DIR Lima, 19 de febrero de 2024VISTO: El Informe N° D-0000048-2024-ATU/DIR-SR emitido por la Subdirección de Regulación; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), tiene por objeto garantizar el funcionamiento de un Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao que permita satisfacer las necesidades de traslado de los pobladores de las provincias de Lima y Callao de manera e fi ciente, sostenible, accesible, segura, ambientalmente limpia y de amplia cobertura; Que, con Resolución Directoral Nº 011-2021/ATU- PE publicada el 05 de agosto del 2021 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se aprobaron las “Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motrices del Bus Patrón Eléctrico” en adelante BPE, con el objetivo de contribuir con el desarrollo del servicio público de transporte Regular bajo el esquema de concesiones en Lima y Callao en cuanto a calidad y efi ciencia ambiental; Que, mediante el Informe N° D-0000048-2024-ATU/ DIR-SR, la Subdirección de Regulación revisó y evaluó el Anexo de la Resolución Directoral Nº 011-2021-ATU/DIR y concluyó que deben ser suprimidas las siguientes características técnicas: i) Dispensador automático para la desinfección de manos al ingreso del bus ii) Medidor de temperatura con reconocimiento facial y memoria iii) Sistema de desinfección automática al interior del bus iv) Dispositivo de bloqueo (anti-cierre) en las ventanas de usuarios (laterales) v) Contador de usuarios, relacionadas al COVID-19, debido que mediante Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, se declaró el fi n de la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional y establece la obligatoriedad de implementar un Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo. Que, mediante el Informe antes indicado se indicó que las características tecnológicas no se encuentran relacionadas al objeto del Estándar del BPE, y fi nalmente recomienda, la inclusión del sistema de braille en los botones de timbre y cantidad mínima y dimensionamiento de asientos preferenciales por tipo de vehículo, toda vez que dicha modi fi cación permitirá brindar un servicio de calidad, seguro, asequible, visible e identi fi cable para los usuarios del servicio; Que, el literal r) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE, establece que son funciones la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, entre otras, expedir resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, con el visado de la Subdirección de Regulación y, en atención a las normas señaladas en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo a través del cual se dispone la publicación de las Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motrices del Bus Patrón Eléctrico”; Que, de conformidad con la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU y sus modi fi catorias; el Reglamento de la Ley N° 30900, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC; y Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Directoral N° 0011- 2021-ATU/DIR que aprobó las “Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motrices del Bus Patrón Eléctrico”. Artículo 2.- Aprobar las “Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motrices del Bus Patrón Eléctrico” que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y Anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ANDRES CORDOVA CRISANTO Director de la Dirección de Integraciónde Transporte Urbano y Recaudo 2264227-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Aprueban transferencias financieras a diversas entidades públicas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 022-2024-CONCYTEC-P Lima, 22 de febrero de 2024VISTOS: El O fi cio N° D000058-2024-PROCIENCIA- DE, el Informe Técnico-Legal Nº 001-2024-PROCIENCIA- UGC-UPP-UAL y Proveído N° 001-2024-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados-PROCIENCIA, el I nforme N° D000002-2024-CONCYTEC-OGPP-OPP-JAC de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorando N° D000117-2024-CONCYTEC-OGPP; y el Informe N° D000026-2024-CONCYTEC-OGAJ-MMZ y Memorando N° D000072-2024-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y