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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (24/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Sábado 24 de febrero de 2024 El Peruano / que se solicite al Instituto Catastral de Lima en virtud a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 27º del Estatuto del ICL; SE RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 003-2024-PE-ICL/MML de fecha 04 de enero de 2024, mediante la cual, se designó a la señora Lissetthy Pilco Olivera, Gerente de Asuntos Jurídicos, como funcionaria Responsable de Brindar Información que se solicite al Instituto Catastral de Lima en virtud a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha a la señora Paola Giovanna Zegarra Buitron, como funcionaria Responsable de Brindar Información que se solicite al Instituto Catastral de Lima en virtud a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Cartografía y Tecnología de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Instituto Catastral de Lima (icl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Presidente Ejecutivo 2263441-1 Rectifican de oficio el texto del numeral 7.1.1 de la Directiva Nº 005-2023-GA-ICL/MML “Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de Instituto Catastral de Lima - ICL para el ejercicio fiscal 2024” RESOLUCIÓN Nº 006-2024-GG-ICL/MML Lima, 13 de febrero de 2024VISTO: El Informe de Orientación de O fi cio N° 001-2024-OC1/0656-SOO, de fecha 17 de enero del 2024, emitido por el Órgano de Control Institucional; el Memorando N° 00015-2024-ICL-GG/MML, de fecha 18 de enero del 2024, emitido por la Gerencia General; el Memorando Nº 00038-2024-ICL-GA/MML, de fecha 24 de enero del 2024, emitido por la Gerencia de Administración, el Informe N° 016-2024-ICL/GAJ, de fecha 24 de enero del 2024, Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Proveído GG N° 120-2024, de fecha 24 de enero del 2024, emitido por Gerencia General; el Proveído GG N° 175-2024, de fecha 02 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia General; el Informe N° 022-2024-ICL/GAJ, de fecha 02 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Acuerdo de Consejo Directivo N° 003-2024-CD-ICL/MML, de fecha 09 de febrero del 2024; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ordenanza N° 657, que aprueba el Estatuto del Instituto Catastral de Lima (en adelante ICL), establece que el ICL es un organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno, y con autonomía administrativa, económica y técnica; Que, mediante Acuerdo Nº 087-2023-CD-ICL/MML, de la Sesión Ordinaria de Consejo Directivo Nº 024 del 18 de diciembre de 2023, se acordó la aprobación de la Directiva Nº 005-2023-GA-ICL/MML “Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de Instituto Catastral de Lima - ICL para el ejercicio fi scal 2024”; Que, con el OFICIO Nº 004-2024-OCI-ICL/MML, de fecha 17 de enero del 2024, el Órgano de Control Institucional (OCI), remite el Informe de Orientación de O fi cio Nº 001-2024-OC1/0856-SOO, en donde se concluye que se ha advertido una (1) situación adversa que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos del mismo; Que, con Memorando Nº 00038-2024-ICL-GA/MML, de fecha 24 de enero de 2024, la Gerencia de Administración solicita opinión legal respecto a la situación adversa que se ha suscitado en el numeral 7.1.1 de la Directiva N°005-2023-GA-ICL/MML, en razón al error material consignado en dicho texto para así poder dar cumplimiento con las medidas correctivas y preventivas; Que, con el Informe N° 016-2024-ICL/GAJ, de fecha 24 de enero, del 2024, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye que el numeral 7.1.1 de la Directiva Nº 005-2023-GA-ICL/MML “Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de Instituto Catastral de Lima - ICL para el ejercicio fi scal 2024” estaría vulnerando disposiciones legales tal como se encuentra redactado; debiéndose proceder a recti fi car dicho texto en atención al error material cometido; Que con el Informe N° 022-2024-ICL/GAJ, de fecha 02 de febrero del 2024, la Gerencia de Asuntos Jurídicos propone el texto que reemplazaría el error material en los actos administrativos; Que, con el Acuerdo de Consejo Directivo N° 017-2024-CD-ICL/MML, de fecha 09 de febrero del 2024, el Consejo Directivo del ICL aprueba por unanimidad la recti fi cación de o fi cio, con efecto retroactivo, el texto del numeral 7.1.1 de la Directiva Nº 005-2023-GA-ICL/MML “Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de Instituto Catastral de Lima - ICL para el ejercicio fi scal 2024”; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la Ley N° 27444, de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS establece que el error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de conformidad con las normas expuestas y con lo previsto en el inciso a) del artículo 28 del Estatuto del Instituto Catastral de Lima, aprobado por la Ordenanza N°657 y en concordancia con el inciso a) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Catastral de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 2303-2021; SE RESUELVE:Artículo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO, con efecto retroactivo, el texto del numeral 7.1.1 de la Directiva Nº 005-2023-GA-ICL/MML “Directiva para la implementación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal de Instituto Catastral de Lima - ICL para el ejercicio fi scal 2024” de la siguiente manera: “Dice:7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7.1 Medidas en ingresos del personal 7.1.1 Excepcionalmente y previo informe de disponibilidad presupuestal del ICL, autorizase el reajuste o incremento de remuneraciones, boni fi caciones, asignaciones, compensaciones económicas y cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de fi nanciamiento, hasta la aprobación de la escala remunerativa del ICL por parte del Ministerio de Economía y Finanzas.