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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (26/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 26 de febrero de 2024 El Peruano / Que, el artículo 3° de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobado por el Estado Peruano mediante la Resolución Legislativa Nº 23432, la cual forma parte del derecho nacional, en el marco del artí culo 55 de la Constitució n Polí tica del Perú ; señala que los Estados Partes toman en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre; Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, establece que es rol del Estado, el adoptar medidas de acción positiva de carácter temporal, encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre la mujer y el hombre, las que no se considerarán discriminatorias; Que, la Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG), aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP, en el Objetivo Prioritario Nº 4 reconoce la urgencia de garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres y en sus lineamientos 4.2 y 4.3, precisa la necesidad de adoptar servicios que incrementen el acceso y control de los recursos naturales, productivos y patrimoniales de las mujeres; y fortalezcan la inserción laboral formal de las mujeres; Que, mediante el Objetivo Prioritario 5 de la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 255-2019-EF, se busca mejorar la articulación existente entre los diversos órganos del Estado para fortalecer los esfuerzos en inclusión fi nanciera, con un fuerte enfoque de género, a fi n de contribuir con el desarrollo económico descentralizado e inclusivo; Que, en el marco de la medida de política 5.2 del Plan Estratégico Multisectorial de la PNIF (PEM de la PNIF), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 112-2021-EF, se creó el Comité Multisectorial de Inclusión Financiera para mujeres, con el objetivo de trabajar en estrategias de fortalecimiento a favor de las mujeres, en condiciones de calidad e igualdad de oportunidades, a fi n de empoderar a las mujeres, a través de su inclusión fi nanciera. Asimismo, se aprobó que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a través de la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, sea la entidad encargada de la conducción del Comité; Que, la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobada por Decreto Supremo Nº 164- 2021-PCM, establece que la reactivación económica y de actividades productivas con desarrollo agrario y rural será uno de los diez objetivos prioritarios al 2026. A su vez señala que uno de los lineamientos prioritarios de dicho objetivo es mejorar las capacidades productivas y dinamizar las economías regionales y locales. Como parte de esta prioridad establece como línea de intervención, entre otras, la promoción de la autonomía económica femenina, y el acceso a recursos productivos, económicos y fi nancieros de emprendimientos liderados por mujeres; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 196- 2021-MIMP se aprueban los “Lineamientos técnicos para promover la autonomía económica de las mujeres en su diversidad” en los que se establecen disposiciones que permiten a las instituciones públicas y privadas implementar estrategias que promuevan las capacidades de las mujeres en su diversidad para generar ingresos propios y decidir sobre estos, en igualdad de oportunidades y respeto de sus derechos laborales y sociales; Que, con fecha 05 de agosto de 2022 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 012- 2022-MIMP que aprobó la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, la cual, tiene por fi nalidad promover y desarrollar la autonomía económica de las mujeres en su diversidad para lograr la reducción de brechas estructurales de género y el disfrute de una vida sostenible, digna y con bienestar pleno, estableciéndose como objetivo el promover la participación plena y a todo nivel de la actividad económica de las mujeres en su diversidad que lideran emprendimientos, empresas y asociaciones empresariales, para contribuir al logro de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional a través de iniciativas y acciones articuladas; Que, de acuerdo a lo dispuesto, mediante Resolución Ministerial N° 304-2022-MIMP se aprobó el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, que tiene como objetivo general ordenar y programar la ejecución progresiva y el seguimiento de los esfuerzos/iniciativas articuladas con las entidades participantes de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, en el marco de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional; Que, teniendo presente que la incorporación desigual de las mujeres en la economía nacional constituye un grave problema público que vulnera un conjunto de derechos fundamentales como a una vida digna, a la libertad, a la participación en la vida económica de la nación, entre otros; es imperativo reforzar las acciones de promoción y desarrollo de la autonomía económica de las mujeres en todos los niveles del Estado y de la sociedad a través de intervenciones integrales y articuladas de trabajo de los gobiernos regionales que de acuerdo a sus competencias contribuyen o pueden contribuir al desarrollo de la autonomía económica de las mujeres; Que, en ese contexto, la Directora General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con O fi cio Múltiple N° 08 de fecha 05 de abril del 2023 hace llegar invitación a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico para la reunión de coordinación y presentación de avances de la Estrategia de Acción “Redes de Mujeres Emprendedoras y Empresarias”, desarrollándose diversas reuniones y talleres con la participación de mujeres emprendedoras, con la fi nalidad de capacitarlas sobre fi nanzas para plani fi car un futuro con mayor solvencia económica; Que, las representantes de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Piura, mediante Carta N° 01-2023, ingresada con Hoja de Registro y Control N° 25165, solicitaron la emisión de una Ordenanza Regional que promueva la creación de la Red Regional de Mujeres Empresarias y Emprendedoras de la Región Piura y la Mesa Multiactor, como mecanismo que promueva la autonomía económica de las mujeres, la generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con mercados Nacionales e Internacionales; Que, con Informe N° 07-2023/VIFM-SGRPI-2023 de fecha 20 de setiembre de 2023, la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversiones, señaló que teniendo en cuenta el marco normativo vigente resulta conveniente la emisión de una ordenanza regional que permita reconocer a las Redes de Mujeres Emprendedoras y Empresarias, así como, Instalar Mesas Multiactor para la promoción de los derechos económicos de las mujeres y el fomento de su autonomía económica; Que, con Informe N° 01-2024/GRP-430400 de fecha 04 de enero de 2024, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Social, indica que en cumplimiento a sus funciones, a través del Consejo Regional de Equidad de Género - CORIG, viene articulando acciones tendientes al cierre de brechas de género que por sus altos índices traen como consecuencia la desigualdad de derechos entre mujeres y hombres. En tal sentido, concluye que corresponde al Gobierno Regional Piura la rectoría de la defensa de los derechos de las personas vulnerables, por lo que indica que resulta procedente la emisión de la ordenanza regional que establezca el reconocimiento a las mujeres emprendedoras y empresarias de la región Piura a fi n de lograr el fomento de sus derechos económicos; Que, con Informe N° 093-2024/GRP-460000 del 11 de enero de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica indica que, en atención a la normatividad vigente y en base a los informes emitidos, se debe continuar con el procedimiento correspondiente a fi n de que el Consejo Regional apruebe el proyecto de ordenanza regional en mención; Que, mediante Memorando N° 35-2024/GRP-400000 de fecha 16 de enero de 2024, la Gerencia General Regional alcanza a la Secretaría del Consejo Regional el proyecto de ordenanza regional que crea la “Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Piura”, para su evaluación y aprobación;