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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2024 (11/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 11 de julio de 2024 El Peruano / Bautista y santos adorando a la Virgen, poseen valor e importancia histórica y estética, ya que evidencian en la autenticidad de la composición temática, materiales y técnicas empleados en cada uno de ellos, contextualizados en el siglo XVIII, las convencionalidades estilísticas permiten ubicarlas en un contexto propio del barroco latinoamericano; Que, asimismo, por las características en el tratamiento anatómico de los personajes, permiten enriquecer la visión panorámica de las variantes locales del barroco andino. Cabe resaltar que estos bienes poseen una signi fi cativa representatividad social, dado que se integran en el imaginario colectivo como símbolos o íconos de fe. Su recuperación, por intento de salida sin autorización del país, muestra la labor del Estado por la protección de nuestro patrimonio para el bene fi cio de todos los peruanos; Que, habiendo emitido opinión favorable los órganos competentes, resulta procedente declarar Patrimonio Cultural de la Nación los bienes culturales muebles descritos, siendo esto así, los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos de la Dirección General de Museos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación tres bienes culturales muebles de propiedad del Ministerio de Cultura que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN INES VEGAS GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2305229-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a los Estados Unidos de América, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00685-2024-DE Lima, 9 de julio del 2024VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 001970-2024-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01938-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01123-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 178/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar (GRUCAM) de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que personal de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Curso “Principios de la Gestión de Adquisiciones de Defensa”, a llevarse a cabo en el International Defense Acquisition Resource Management/Institute for Security Governance (IDARM/ISG), ubicado en la ciudad de Monterrey, estado de California, Estados Unidos de América, del 13 al 26 de julio de 2024, dirigido a O fi ciales del grado de Mayor a Coronel, solicitando seleccionar a un (1) titular y dos (2) suplentes; Que, con O fi cio N° 000679-2024-DIGED/FAP, la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Jefatura del Estado Mayor General de la FAP los datos de un (1) O fi cial titular y dos (2) O fi ciales suplentes propuestos para participar en el citado curso, precisando que han sido evaluados siguiendo los criterios impuestos por el país an fi trión y por la institución, así como la aplicación de la matriz de selección de personal militar; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 042-DEAJ 2024, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, propuesto por GRUCAM; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios; por cuanto, le permitirá elevar la capacidad de la plani fi cación estratégica de la defensa nacional y obtener conocimientos y cualidades necesarias para asumir cargos más altos de liderazgo, lo cual redundará en bene fi cio de su Institución Armada; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Legal N° 042-DEAJ 2024 el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, precisa que los gastos de transporte aéreo ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, viáticos por alimentación y seguro médico de emergencia, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, no incluyendo transporte interno, de acuerdo al O fi cio Nº 178/MAAG/AFSEC-ENT; por lo que, debe otorgarse viáticos hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM; Que, la Hoja de Gastos Nº 066 DGVC-ME/SIAF- RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos por concepto de viáticos hasta un veinte por ciento (20%), que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000003, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje; Que, con el fi n de prever la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término del mismo, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP N° 001970-2024-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicitar autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP JESÚS