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101 NORMAS LEGALES Sábado 13 de julio de 2024 El Peruano / Candidatos a cargo de Elección Popular”, el mismo que se encuentra adecuado para su utilización en el Portal Digital de Financiamiento ubicado en la Plataforma “CLARIDAD”. Es de señalar que, este formato por su estructura, solo podrá ser utilizado si los usuarios optaran por ingresar la información fi nanciera a través de la citada Plataforma Digital; Del mismo modo, a través de la presente se cumple con comunicar que, para la presentación de la segunda entrega de la información fi nanciera de la campaña electoral de las EMC 2024, la ONPE tiene habilitadas las siguientes vías: a) Mediante el Portal Digital de Financiamiento ubicado en la Plataforma “CLARIDAD” dentro de la web de la ONPE, en el siguiente link: https://www.web.onpe. gob.pe/claridadCandidato; b) Mesa de Partes de las O fi cinas Regionales de Coordinación - ORC de la ONPE, ubicadas a nivel nacional; y, c) Mesa de Partes de la Sede Central de la ONPE, ubicada en Jirón Washington N° 1894 – Cercado de Lima; Resulta pertinente reiterar que para acceder al Portal Digital de Financiamiento ubicado en la Plataforma “CLARIDAD” e ingresar por esta vía la información fi nanciera de ingresos e aportes recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral la persona candidata o, los personeros legales de las organizaciones políticas, según correspondan, en caso no cuenten con una casilla electrónica habilitada por la ONPE, deberán solicitar, de manera previa, la creación de su casilla electrónica a través de la web de ONPE o, de manera física en cualquiera de las O fi cinas de la ONPE ubicadas a nivel nacional. Con posterioridad se creará la casilla electrónica y, se les noti fi carán las credenciales de acceso para la Plataforma “CLARIDAD” (usuario y contraseña); En uso de las atribuciones conferidas a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, por las normas jurídicas aludidas y de conformidad con lo dispuesto por el literal o) del artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE, en el cual se compilan las Resoluciones Jefaturales N° 000902-2021-JN/ONPE, N° 001732-2021-JN/ONPE, N° 000710-2022-JN/ONPE, N° 001541-2022-JN/ONPE, N° 002307-2022-JN/ONPE, 003405-2022-JN/ONPE, N° 000598-2023-JN/ONPE y, N° 000072-2024-JN/ONPE; Con el visado de las Sub Gerencias de Veri fi cación y Control y, de Técnica Normativa de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER el 18 de julio de 2024, como fecha límite para que las organizaciones políticas, las alianzas electorales, personas candidatas o sus responsables de campaña, según correspondan, presenten la segunda entrega de la información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Complementarias Municipales 2024, de acuerdo al siguiente detalle: Periodo que comprende la segunda entregaFecha límite para la presentación de la información fi nanciera Desde el 27 de abril de 2024 hasta el 27 de junio de 202418 de julio de 2024 Artículo Segundo.- INFORMAR que el ingreso de la presentación de la segunda entrega de la información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Municipales Complementarias 2024, se podrá efectuar a través del Portal Digital de Financiamiento ubicado en la Plataforma “CLARIDAD” o mediante Mesa de Partes Física de la ONPE, ubicadas a nivel nacional. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en su Portal de Transparencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA MERCEDES TANAKA TORRES Gerente de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios 2305946-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Designan Jefe de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000115-2024/JNAC/RENIEC Lima, 12 de julio de 2024 VISTOS: El Memorando N° 000768-2024/SGEN/RENIEC (08JUL2024) y el Proveído N° 004976-2024/SGEN/ RENIEC (10JUL2024) de la Secretaría General; el Informe N° 000220-2024/OPH/UGP/RENIEC (10JUL2024) de la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano, la Hoja de Elevación N°000145-2024/OPH/ RENIEC (11JUL2024) de la O fi cina de Potencial Humano; y, CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley N° 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el artículo 11° de la mencionada Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que el numeral 2) del artículo 4° de la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, señala que el cargo de confi anza es de libre designación y remoción; Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 31953 - Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que, en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021), cuyas actualizaciones correspondientes al año 2022 fueron formalizadas con Resolución Secretarial N°000148-2022/ SGEN/RENIEC (30DIC2022) y las correspondientes al año 2023 fueron formalizadas con Resolución Secretarial N°000133-2023/SGEN/RENIEC (29DIC2023), se ha considerado el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Formación Ciudadana e Identidad del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el cargo señalado en el párrafo anterior se encuentra debidamente fi nanciado en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con Resolución Secretarial N°000046-2024/SGEN/RENIEC (30ABR2024); Que a través del Memorando de vistos, la Secretaría General requiere designar a un profesional responsable de conducir la O fi cina de Formación Ciudadana e Identidad del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, previa evaluación de la O fi cina de Potencial Humano;