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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2024 (16/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 16 de julio de 2024 El Peruano / ENERGÍA Y MINAS Otorgan autorización por tiempo indefinido a favor de la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A. para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica en instalaciones de la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2024- MINEM/DM Lima, 1 de julio de 2024VISTOS: El Expediente Nº 33412424 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”, presentada por la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A.; el Informe Nº 473-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00325-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 0635-2024-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 3692103, de fecha 29 de febrero de 2024, complementado con los documentos con Registros N°s. 3716510, 3742918 y 3744761, de fechas 20 de marzo, 06 y 09 de mayo de 2024, respectivamente, la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A. solicita la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”, ubicada en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; Que, el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece lo siguiente: “Las autorizaciones que cumplan los requisitos serán otorgadas mediante Resolución Ministerial del sector por un plazo inde fi nido, dentro de los treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud (…)” ; Que, el procedimiento de otorgamiento de autorización para desarrollar actividades de generación termoeléctrica, cuando la potencia instalada sea mayor de 500 kW, se encuentra regulado en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, en los artículos 4, 25 y 38 (Requisitos y datos para la presentación de la autorización); y, en el artículo 28 (plazo de resolución); así como en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en los artículos 57 y 66 (presentación de la garantía); y, en el artículo 67 (sobre el cumplimiento al Código Nacional de Electricidad); Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han veri fi cado que la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A. cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomiendan otorgar la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Otorgar la autorización por tiempo inde fi nido a favor de la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”, con una potencia de 1.429 MW, ubicada en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Artículo 2 .- Disponer que la empresa ARIS INDUSTRIAL S.A. opere la “Central Térmica de Autogeneración Aris Lima”, cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3 .- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente, será fi scalizado por las entidades competentes, de conformidad a la normativa vigente, a fi n de determinar las acciones que correspondan. Artículo 4 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social Encargado del Despacho del Ministerio de Energía y Minas 2303127-1 INTERIOR Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0934-2024-IN Lima, 15 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JOSÉ FERNANDO DE LA CRUZ BOJÓRQUEZ en el cargo de Director de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2306909-1