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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2024 (16/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 16 de julio de 2024 El Peruano / Que, con el Informe Nº 00175-2024-SENACE-GG- OA/RH, la Unidad de Recursos Humanos concluye que el señor Eduardo Alexander Terry Mancilla cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Senace, y con lo previsto en el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, para ser designado en el puesto de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante el informe de visto, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable la designación del señor Eduardo Alexander Terry Mancilla como Jefe de la o fi cina de Asesoría Jurídica del Senace; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor EDUARDO ALEXANDER TERRY MANCILLA, en el puesto de Jefe de O fi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, a partir del 16 de julio de 2024. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva al señor EDUARDO ALEXANDER TERRY MANCILLA y a la Unidad de Recursos Humanos, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, en el diario o fi cial El Peruano y en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (www.gob.pe/senace). Regístrese, comuníquese y publíquese. YURY ALFONSO PINTO ORTIZ Presidente Ejecutivo (e) 2307100-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Santa para participar en curso a realizarse en Colombia Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000090-2024 -P-CE-PJ Lima, 12 de julio del 2024 Firmado digitalmente por MERA CASAS Luis Alberto FAU 20159981216 softVISTO: El O fi cio Nº 000856-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por seguro de viaje de la señora María Luisa Apaza Panuera, Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Santa, para que participe en la capacitación que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Resolución Corrida Nº 000187-2024-P-PJ emitida por la Presidencia del Poder Judicial, se autoriza a la señora María Luisa Apaza Panuera, Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Santa, para que participe en el curso “Transparencia y derecho a la información pública de la actividad de los tribunales constitucionales”, que se realizará del 16 al 19 de julio del presente año, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; auspiciada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a través de su centro de formación. Segundo. Que, asimismo, la citada resolución señaló que los costos de alojamiento, alimentación y traslados internos serán cubiertos por la cooperación española; el pasaje aéreo internacional sufragado por la mencionada jueza superior; y el seguro de viaje internacional lo cubrirá el Poder Judicial; por lo que la Gerencia General del Poder Judicial remite el cálculo de seguro de viaje internacional, que asumirá este Poder del Estado. Tercero. Que, resulta de interés para el Poder Judicial participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando Nº 000883-2024-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora María Luisa Apaza Panuera, Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Santa, del 16 al 19 de julio del año en curso, para que participe en el curso “Transparencia y derecho a la información pública de la actividad de los tribunales constitucionales”, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; concediéndosele licencia con goce de haber del 15 al 20 de los corrientes. Artículo Segundo.- El gasto del seguro de viaje estará a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: - María Luisa Apaza Panuera US$ 42.00 dólares americanos. Artículo Tercero.- La jueza superior participante presentará un informe a este despacho, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentará la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa, Centro de Investigaciones