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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2024 (16/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 16 de julio de 2024 El Peruano / la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fi n de recibir los comentarios, aportes o sugerencias de las personas interesadas. Artículo 3.- De la presentación de comentarios, aportes o sugerencias Los comentarios, aportes o sugerencias podrán ser presentadas en el enlace: “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Régimen de la Propiedad Horizontal” ubicado en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Artículo 4.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación, evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, aportes o sugerencias que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2307091-1 Autorizan Transferencias Financieras a favor de EPS SEDALORETO S.A. y EPSEL S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 243-2024- VIVIENDA Lima, 15 de julio de 2024 VISTOS:El Informe N° 456-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorándum N° 1199-2024-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 514-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 602-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario ofi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante el Informe N° 456-2024/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentada en los Informes N° 457-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y N° 076-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de la Unidad de Asesoría Legal, en el Memorando N° 2286-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe N° 588-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y en el Informe N° 663-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de la Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar las transferencias fi nancieras a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de agua potable y alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima - EPS SEDALORETO S.A. hasta por la suma de S/ 1 121 738,00 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) y de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de agua potable y alcantarillado de Lambayeque Sociedad Anónima - EPSEL S.A. hasta por la suma de S/ 41 629,00 (CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la supervisión de obra de los proyectos de inversión con CUI N° 2095204 y N° 2252048, respectivamente; para lo cual señala que se han suscrito las adendas a los convenios correspondientes; Que, con el Memorándum N° 1199-2024-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 514-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 121 738,00 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) a favor de la EPS SEDALORETO S.A. y hasta por la suma de S/ 41 629,00 (CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de EPSEL S.A., en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad de fi nanciar la supervisión de la obra de los proyectos de inversión con CUI N° 2095204 y N° 2252048, respectivamente; asimismo, señala que se cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Inversiones en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el Informe Técnico N° 464-2024/ VIVIENDA/OGPP-OI; Que, mediante el Informe N° 602-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias fi nancieras a favor de la EPS SEDALORETO S.A. y de EPSEL S.A; Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 163 367,00 (UN MILLON CIENTO SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEDALORETO S.A. y de EPSEL S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 00009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDALORETO S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 1 121 738,00 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL