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20 NORMAS LEGALES Martes 16 de julio de 2024 El Peruano / institucional de Sierra y Selva Exportadora (https://www. gob.pe/sse). Regístrese, publíquese y comuníquese.LUIS ARMANDO LLANOS CABANILLAS Presidente Ejecutivo 2307056-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000001-2024-PROMPERU/PE, en lo referido a delegación de facultades en el Gerente General de PROMPERÚ RESOLUCION Nº 1 15-2024- PROMPERU/PE San Isidro, 11 de julio del 2024 VISTOS: El Memorando Nº 000369-2024-PROMPERÚ/ GG de Gerencia General; el Informe Nº 000333-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y modi fi catoria, la entidad es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, según lo establecido en el numeral 10.5 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM y modi fi catoria, se precisa que la Gerencia General de los Organismos Públicos, dentro de los que se encuentran los Organismos Técnicos Especializados como PROMPERÚ, es la autoridad de la gestión administrativa, que forma parte de la Alta Dirección y actúa como nexo de coordinación entre ésta y los órganos de asesoramiento y de apoyo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal s) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, la Presidenta Ejecutiva tiene como una de sus facultades, delegar sus funciones en los órganos y unidades orgánicas de la entidad, salvo aquellas que por su naturaleza sean indelegables; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERÚ/PE, se delegó en el Gerente General, entre otros, la facultad para suscribir, modi fi car y resolver convenios de colaboración interinstitucional, convenios de cooperación técnica internacional, convenio de apoyo a terceros, alianzas estratégicas de turismo interno, contratos de captación de auspicios, contrato de comodato, contrato de apoyo de artistas y chefs, contrato de apoyo de profesionales (expositores, periodistas, consultores y similares), contrato de propiedad intelectual, otros acuerdos con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras en representación de PROMPERÚ, de acuerdo a la normatividad vigente conforme a sus competencias, así como sus modi fi catorias; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 000333-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ indica que la facultad contemplada en el literal a) del numeral 1.2 del articulo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERÚ/PE solo puede ser ejercida por la Gerencia General; sin embargo, acota que teniendo en cuenta que PROMPERÚ es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, se requiere contar con una gestión optima y ágil, por lo que estima conveniente proponer la precisión de la precitada facultad a través de la modi fi cación del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERÚ/PE, ello con el fi n de coadyuvar con el trámite de los convenios interinstitucionales que involucren a la entidad para el cumplimiento de los objetivos institucionales; proponiéndose que el Titular de la Entidad durante la vigencia de la delegación, tenga la atribución de avocarse y suscribir todo convenio interinstitucional que por razones de materia o de interés institucional considere de especial relevancia, concluyendo que se estima legalmente viable la propuesta realizada; Que, mediante Memorando Nº 000369-2024-PROMPERÚ/GG, la Gerencia General contando con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, eleva a la Presidencia Ejecutiva la propuesta de modi fi cación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERÚ/PE, la misma que estima conforme; Que, a fi n de coadyuvar con el trámite de los convenios interinstitucionales que involucren a la entidad, para el cumplimiento de los objetivos institucionales, se ha visto por conveniente modi fi car la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERÚ/PE, a fi n de precisar las facultades delegadas en la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los literales r) y s) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060- 2019-PROMPERÚ/PE y la Resolución Ministerial Nº 120-2024-MINCETUR; Con el visto bueno de la Gerencia General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2024-PROMPERU/PE, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Delegar en el Gerente General de PROMPERÚ, las siguientes facultades: (…)1.2 En materia de acciones administrativas:a) Suscribir, modi fi car y/o resolver convenios de colaboración interinstitucional, convenios de cooperación técnica internacional, convenios de apoyo a terceros, alianzas estratégicas de turismo interno, contratos de captación de auspicios, contrato de comodato, contrato de apoyo de artistas y chefs, contrato de apoyo de profesionales (expositores, periodistas, consultores y similares), contrato de propiedad intelectual, otros acuerdos con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras en representación de PROMPERÚ, de acuerdo a la normatividad, así como sus modi fi catorias. La Titular de la Entidad, durante la vigencia de la presente delegación, tiene la atribución de avocarse y suscribir