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12 NORMAS LEGALES Viernes 7 de junio de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1085, modi fi cado mediante Decreto Legislativo N° 1451, establece que el OSINFOR está a cargo de un Jefe, precisando que los mecanismos de concurso para su elección se aprueban mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2019-PCM se aprueba el Mecanismo del Concurso para la Elección del Jefe del OSINFOR, en cuyo numeral 5.1, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-PCM, señala que la conducción del concurso para la elección del Jefe del OSINFOR se encuentra a cargo de un Comité de Selección constituido por: (i) El Secretario de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside; (ii) Un representante, titular y alterno, del Ministerio del Ambiente; y, (iii) Un representante, titular y alterno, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; asimismo, el citado numeral establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante resolución ministerial, conforma el referido Comité; Que, en atención a los documentos de vistos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que conforme el Comité de Selección del Concurso para la Elección del Jefe del OSINFOR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 081-2019-PCM, que aprueba el Mecanismo del Concurso para la Elección del Jefe del OSINFOR; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Selección del Concurso para la Elección del Jefe del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, el mismo que queda integrado de la siguiente manera: Titulares: • El Secretario de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside. • El Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Migración del Cambio Climático, en representación del Ministerio del Ambiente. • El Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Alternos: • El Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio del Ambiente. • El Gerente de Desarrollo de la Gerencia Pública de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe), así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2295811-1Autorizan viaje de servidores de la Gerencia de Supervisión Minera del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN para participar en evento a realizarse en Alemania RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°162-2024-PCM Lima, 6 de junio de 2024VISTOS:Los O fi cios N° 157-2024-OS/PRES y N° 207-2024-OS- GG del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN; CONSIDERANDO:Que, el Centro Peruano - Alemán de Negocios Mineros de la Cámara de Comercio e Industria Peruano - Alemana está organizando el evento denominado “Innovation Tour Mining 2024 a Alemania”, enfocado en minería subterránea, que se realizará en las ciudades de Düsseldorf, Hamm, Mönchengladbach, Trier, Karlsruhe y Stuttgart, República Federal de Alemania, del 10 al 14 de junio 2024, el mismo que incluye alojamiento en las referidas cuidades y los traslados correspondientes; Que, el citado evento tiene como objetivo que los participantes visiten ocho (8) empresas alemanas de tecnología de punta para la minería subterránea y el centro de investigación especializado en tecnologías avanzadas para la minería, de la prestigiosa Universidad RWTH de Aachen; a fi n de que conozcan los últimos avances tecnológicos y mejores prácticas en minería que ofrece la industria y academia alemana en el ámbito de minería; Que, en ese sentido, la participación de representates del OSINERGMIN en el referido evento es relevante, dado que, permitirá conocer nuevos enfoques, estándares, capacidades y tecnología de potencial aplicación en la fi scalización de la infraestructura y procesos mineros, a fi n de generar sistemas innovadores y sostenibles que complementarán el cumplimiento de las funciones de la citada entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN N° 55-2024-OS/ PRES, el Presidente del Consejo Directivo de dicha entidad autoriza la participación en el citado evento de los ingenieros HENRY GIOVANI ANFOSSI PORTUGAL y RANDAL ARTURO VILLAR VIVAR, de la Gerencia de Supervisión Minera del OSINERGMIN; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores HENRY GIOVANI ANFOSSI PORTUGAL y RANDAL ARTURO VILLAR VIVAR a la República Federal de Alemania, para participar en el referido evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos parciales que se deriven de la participación en el citado evento serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del OSINERGMIN, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;