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103 NORMAS LEGALES Viernes 14 de junio de 2024 El Peruano / designados como miembros del Comité de Inversiones del Gobierno Regional de Piura; Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo a los fi nes para los que fueron conferidas; así como al Principio de Buenas Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el mutuo respeto, la colaboración y la buena fe (...), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional y la Secretaría General del Gobierno Regional Piura. En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF, la Ley N° 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, Ley N° 27867, “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales” y su modi fi catoria Ley N° 27902, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó a los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera: - GERENTE GENERAL REGIONAL Presidente - GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Miembro - GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA Miembro Artículo Segundo.- PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF y demás normas complementarias. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y hacer de conocimiento la misma, al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos competentes del Gobierno Regional Piura. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional 2297248-1Rectifican de oficio el error material incurrido en el artículo primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 066-2024-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR Piura, 1 de febrero de 2024VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional N° 926- 2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023; el Memorando N° 92-2024/GRP- 400000 de fecha 25 de enero de 2024; y el Informe N° 211-2024/GRP-460000 de fecha 26 de enero de 2024. CONSIDERANDO Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 926- 2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023, esta Gobernación Regional resolvió lo siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera: GERENTE GENERAL REGIONAL- Presidente. GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL- Miembro. GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA - Miembro. ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modi fi cado por el decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF y demás normas complementarias; Que, con Memorando N° 92-2024/GRP-400000 de fecha 25 de enero de 2024, la Gerencia General regional advierte que en la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023, se ha consignado la denominación de Comité de la Inversión Privada, que establecía el Decreto Legislativo N° 1224, actualmente derogado por el Decreto Legislativo N° 1362, el cual en su artículo 7, hace referencia al Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP, por lo que solicita se realicen los ajustes a la ya citada Resolución de acuerdo a la normatividad vigente; Que, al respecto, con fecha 23 de julio de 2018, se publicó en el diario o fi cial “El Peruano” el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual señala lo siguiente: “Artículo 7. Comité de Promoción de la Inversión Privada. 7.1 Las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada”; Que, al evidenciarse un error material en el artículo primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 16 de noviembre de 2023, corresponde recti fi car la misma en el extremo referido a la denominación del Comité; Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena