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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (25/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Martes 25 de junio de 2024 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACORA Autorizan viaje de alcalde a la República Dominicana, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO ORDINARIO Nº 081-2024/MDP/CM Pacora, 4 de junio del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACORA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 011.2024.MDP, del día 04 de Junio del 2024, Informe Nº 318-2024-MDP-OPP-JASC de fecha 04 de junio del 2024, Carta Nº 121 CIT PERU/XIII-MIC-2024/P de fecha 22 de mayo del 2024, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, esto es concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades que señala en el artículo II de su Título Preliminar, que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el art. 195º inciso 8) de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competente para desarrollo y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley. Que, el artículo 41 de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 41 de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 9º inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, la estructura orgánica del gobierno local de acuerdo al texto constitucional, la conforman el concejo municipal como órgano normativo y fi scalizador y la alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que le señala la ley. El artículo 4º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reitera 975 479 164 • Directo: (01) 433-4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400