TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Martes 12 de marzo de 2024 El Peruano / mismo que forma parte del Reglamento de Organización y Funciones – ROF. Artículo 4°.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en la forma de ley y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su contenido en el Portal Estándar de Transparencia del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad. Disposición Única Transitoria. - DISPONER, que la entrada en vigencia del presente ROF, será dada cuando se apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC y el Cuadro de Asignación de Personal – Provisional CAP – P y otros documentos vinculantes de gestión municipal, plazo que no excederá los noventa (90) días. Durante este período, seguirá en vigor el ROF actual aprobado mediante Ordenanzas Municipales N° 810, 914, 936, 955, 1091, 1211, artículo 1 de la Ordenanza N° 1141. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. VÍCTOR HUGO RIVERA CHÁVEZ Alcalde Provincial 2266972-1 Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial de Arequipa para el año Fiscal 2025 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1338 Arequipa, 29 de febrero del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Arequipa, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal realizada el 21 de febrero del 2024, trató el pedido del Regidor José Raúl Suárez Llerena en relación a la aprobación del Reglamento del Presupuesto Participativo 2025 de la Municipalidad Provincial de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución del Estado en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley N°28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°142-2009-EF, se establecen disposiciones y lineamientos para la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso del Presupuesto Participativo que convoquen los Gobiernos Locales y Regionales; Que, el artículo 20° numeral 20.1 de la Ley 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuesto Participativo Anuales, como instrumento de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme al marco legal pertinente; Que, el artículo 53° de la Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades referido a los Presupuestos Participativos Municipales, señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos que forman parte del Sistema de Plani fi cación Municipal y son defi nidos como instrumentos de administración y gestión; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las Municipalidades regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos; Que, en la I Asamblea Ordinaria del Concejo de Coordinación Local Provincial –CCLP de la Municipalidad Provincial de Arequipa, se convocó para aprobar el Reglamento del Proceso Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial de Arequipa, para el año Fiscal 2025; concluyendo que sea elevado al pleno del concejo municipal; De conformidad con lo establecido en el artículo 9° y Artículo 99° de la Ley N°27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial con el voto unánime, aprobó la siguiente; ORDENANZA:Artículo 1°.- APROBAR, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial de Arequipa para el año Fiscal 2025, norma que consta de (02) Títulos, nueve (9) Capítulos, treinta y un (31) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales; Artículo 2º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal conforme a ley y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, publique electrónicamente en el Portal Institucional de la MPA (WWW.MUNIAREQUIPA.GOB.PE), el texto íntegro del reglamento aprobado de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N°001-2009-JUS y en el Portal Estándar de Transparencia del Estado Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique y cumpla.VICTOR HUGO RIVERA CHAVEZ Alcalde 2266988-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA Autorizan viaje de alcalde a los EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N° 008-2024-CM-MDH/U Huayllabamba, 23 de febrero del 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA. VISTO:En Sesión Ordinaria de concejo, de fecha 22 de febrero del 2024, bajo la presidencia del Señor Alcalde Wilbert Baca Olayunca y asistencia de los señores regidores: Sonia Ochoa Mormontoy, Clemente Lopez Valdez, Yosmer Ayma Marca, Daniela Gonzales Olivera y Silverio Ascue Curillo. La Carta S/N de la Universidad San Ignacio Loyola y el Informe N°39-2024/LMC/SGDELMA/MDH-U de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental. Y; CONSIDERANDO:Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las leyes Nº 27680 y 30305 de Reforma Constitucional, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº