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45 NORMAS LEGALES Martes 12 de marzo de 2024 El Peruano / por el abogado Marco Leopoldo De La Cruz Espejo, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, a través del o fi cio Nº 566-2024-MP-FN- PJFSANCASH. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edward Rómulo Suárez La Rosa Sánchez, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Áncash, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 995-2017-MP-FN, de fecha 22 de marzo de 2017. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Vilma Marineri Salazar Apaza, Fiscal Adjunta Superior Titular Penal de Áncash, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Áncash. Artículo Tercero.- Designar al abogado Edward Rómulo Suárez La Rosa Sánchez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Corporativo de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2269160-2 Designan Fiscal Provincial Titular de Familia de Carhuaz, Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 692-2024-MP-FN Lima, 8 de marzo de 2024 VISTO: El ofi cio Nº 248-2024-SG/JNJ, suscrito por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, Secretario General de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 04 de marzo de 2024, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 286-2024-JNJ, de fecha 29 de febrero de 2024.CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco de la Convocatoria Nº 002-2018-SN/CNM, se nombró, entre otros, un (01) Fiscal Provincial Titular de Familia de Carhuaz del Distrito Fiscal de Áncash. Con fecha 01 de marzo de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, al abogado Carlos Nicolás Castillo García. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. A través del o fi cio Nº 191-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, la Ofi cina General de Potencial Humano, ha manifestado que una (01) plaza de fi scal provincial puede ser utilizada para fi scal provincial penal del Distrito Fiscal de Áncash, señalando la siguiente información: N° Código AIRHSP Estado Cargo Estructural Candidato Distrito Fiscal Ubicación 1 023755 VACANTEFISCAL ADJUNTO SUPERIOR PENALSALAZAR APAZA, VILMA MARINERIÁNCASH ÁNCASH 2 019261 VACANTEFISCAL ADJUNTO SUPERIOR PENALCORNEJO CABILLA, JUAN VALERIOCAÑETE CAÑETE 3 023706 VACANTEFISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIACASTILLO GARCÍA, CARLOS NICOLÁSÁNCASH CARHUAZ 4 023777 VACANTEFISCAL PROVINCIAL PENAL (CORPORATIVO)MONTES DE OCA BUDIEL, ADLEY IVANAPURÍMAC ABANCAY 5 023941 VACANTEFISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIATICSE VILCAHUAMAN, MISAEL RUDYHUÁNUCOLEONCIO PRADO - AUCAYACU 6 024078 VACANTEFISCAL PROVINCIAL PENAL (CORPORATIVO)BELTRÁN BAZALAR, NEIL GOERINGAPURÍMAC ABANCAY 7 021187 VACANTE FISCAL PROVINCIAL PENALWARTHON QUINTANILLA, HERNÁNAPURÍMAC ANDAHUAYLAS 8 021196 VACANTE FISCAL PROVINCIAL MIXTO LOZANO ROJAS, JENY CAJAMARCA BOLÍVAR