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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2024 (12/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Martes 12 de marzo de 2024 El Peruano / ACTIVIDADES FECHAS HORA - TALLER DE CAPACITACIÓN, PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025, DIAGNÓSTICO, IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMAS E IDEAS DE PROYECTOS LOS AGENTES PARTICIPANTES RECIBIRÁN UNA FICHA TÉCNICA SIMPLIFICADA PARA PRESENTAR EL PROYECTO A EJECUTAR EN SU COMUNIDAD.VIERNES 19 DE ABRIL 10.00 AM ENTREGA DE FICHA TÉCNICA SIMPLIFICADA PARA LA EVALUACIÓN CORRESPONDIENTE24 DE ABRIL EVALUACIÓN TÉCNICA (equipo técnico)DEL 25 DE ABRIL AL 02 DE MAYO10.00 AM - RENDICIÓN DE CUENTAS PP2023 - ELECCION DEL COMITÉ DE VIGILANCIA- FIRMA DEL ACTA DE FORMALIZACIÓN- DE ACUERDOS Y COMPROMISOSJUEVES 08 DE MAYO 10.00 AM Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaría General, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación, la publicación en la página web de la Municipalidad, www.munisantarosa.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe; asimismo a la Ofi cina de Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2269123-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Arequipa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1336 Arequipa, 5 de febrero del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA POR CUANTO: EI Concejo Municipal Provincial de Arequipa, en Sesión Ordinaria realizada el 22 de diciembre del 2023, trató el Expediente Nº 020000782-2023, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que la Ley N° 27972 dispone que las Municipalidades son competentes para acordar su régimen de organización interna; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º de la misma Ley; Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 18 de mayo del 2018, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 30 de Diciembre del 2018, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, los cuales tienen por objetivo regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, de acuerdo al numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas Municipales, siendo que la Ordenanza Municipal N° 810 del 28 de mayo del 2013 aprobó el Reglamento de Organización y Funciones; Que, con Ordenanza Municipal N° 1141 del 24 de enero del 2019 en su Artículo Segundo indica, disponer, la suspensión de la Vigencia de la Ordenanza Municipal N° 1091 de fecha 1 de febrero del 2018, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Arequipa, hasta que se cuente con todos los documentos de gestión debidamente aprobados, recobrando su vigencia de la Ordenanza Municipal N° 810 y las Ordenanzas Municipales que la modi fi can; Que, con Informe N° 247-2023-MPA/GPPR, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización remite el proyecto de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, conjuntamente con el organigrama estructural; Que, con Informe N° 246-2023-MPA/GPPR –SGR, la Sub Gerencia de Racionalización da el sustento técnico de la modi fi cación de la estructura organizacional de la Municipalidad Provincial de Arequipa y del ROF, el mismo que está conformado por ciento dieciséis (116) Artículos, ordenados en tres (3) Títulos y nueve (9) Capítulos y una (1) Disposición Única Transitoria; asimismo dentro del Reglamento de Organización y Funciones – ROF se adjunta el organigrama estructural; Estando a lo dispuesto en los informes mencionados, en uso de sus facultades conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal con el voto mayoritario de sus miembros, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza, denominada: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA”. Artículo 1°.- DEROGAR, las Ordenanzas Municipales N° 810, 914, 936, 955, 1091, 1211, artículo 1 de la Ordenanza Municipal N° 1141 y todas aquellas que se opongan a la presente ordenanza. Artículo 2°.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, el mismo que está conformado por ciento dieciséis (116) Artículos, tres (3) Títulos, ocho (8) Capítulos y una (1) Disposición Única Transitoria. Artículo 3°.- APROBAR, la modi fi cación de la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Arequipa que se detalla en el organigrama estructural, el