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32 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de mayo de 2024 El Peruano / el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad”. A través del Expediente N° 033489-2024 recibido el 13 de marzo de 2024, el señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO, solicitó la expedición de duplicado de su Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, en razón al extravío del mismo, adjuntando la documentación requerida en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral N°1685 del 08 de noviembre de 2013. Mediante Informe N° 061-2024-UNI/SG/UGyT del 15 de marzo de 2024, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General precisó que el Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO, se encuentra contenido en el Registro N° 45177-B, Libro N° 16, Página 375, otorgado el 09 de setiembre de 2021. Con Oficio N° 441-I-SG-UNI/2024 del 20 de marzo de 2024, la Secretaría General de la UNI remitió al Vicerrectorado Académico como parte de la Comisión Académica la solicitud presentada por el señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO en la cual solicitó que se expida el duplicado de su Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, por pérdida de su diploma. La Comisión Académica en Sesión N° 09-2024 del 25 de marzo de 2024, acordó por unanimidad proponer al Consejo Universitario aprobar el expediente de duplicado de Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO. Estando al Proveído N° 2177/ALCHN Rect.24 del 10 de abril de 2024, a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria N°06 del 17 de abril de 2024, y de conformidad con el Artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular el Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO contenido en el Registro N° 45177-B, Libro N° 16, Página 375, otorgado el 09 de setiembre de 2021. Artículo 2.- Otorgar el duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil en favor del señor MAVERICK BRANDON QUISPE TOLEDO, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2285590-1 MINISTERIO PÚBLICO Disponen que el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad, que en la actualidad forma parte del Distrito Fiscal de La Libertad, se incorpore dentro de la competencia territorial del Distrito Fiscal del Santa; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1102-2024-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2024VISTOS: El oficio N° 001648-2024-MP-FN-PJFSSANTA, de fecha 9 de abril de 2024, de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Santa; el informe N° 000074-2024-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 26 de abril de 2024, de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y; CONSIDERANDO: Por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 62-2012-MP-FN-JFS, de fecha 17 de mayo de 2012, se dispuso, entre otros, crear el Distrito Judicial del Santa, la Fiscalía Provincial Mixta del Santa, en la provincia del Santa, distrito del Santa, con competencia en los distritos del Santa, Coishco y los centros poblados de Vinzos, Rinconada, Alto Perú, Tambo Real Nuevo, Tambo Real Viejo, El Castillo, San José, Cahuide, Porvenir, Amauta, San Juan, Pampa Alta de Vinzos, Cascajal Alto (Campamento), Cascajal Bajo – La Cuadra, Lapahuary, Valle el Progreso, Bajo Canal, Kilometro 24 y Santa Rosa Alta, pertenecientes al distrito de Chimbote. Mediante Resolución Administrativa N° 000106-2024-CE-PJ, de fecha 5 de abril de 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a que las variables de distancia, tiempo y costo de traslado desde el distrito de Guadalupito a los distritos del Santa y Chimbote son menores a los de Virú y Trujillo, aunado que con ello se facilitaría no solo el acceso de los justiciables a las sedes de los Juzgados de Paz Letrado, Juzgados Especializados y Salas Superiores de la Corte Superior del Santa, sino también a los diversos operadores de justicia del Distrito Judicial del Santa, resolvió lo siguiente: “(…) Incorporar, a partir del 1 de mayo de 2024, el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad, al Juzgado de Paz Letrado de la provincia y distrito del Santa; así como a los Juzgados Especializados y/o Mixtos y Salas Especializadas y/o Mixtas del distrito de Chimbote, provincia del Santa, del mismo departamento y Distrito Judicial, ampliándose sus competencias territoriales. (…)”. En ese contexto, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Santa, a través del oficio N° 001648-2024-MP-FN-PJFSSANTA, entre otros, solicita que se emita la resolución que amplíe la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta del Santa, debiéndosele incorporar el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. Sobre el particular, mediante informe N° 000074-2024-MP-FN-STI-NCPP, la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, con la finalidad de que se realice un trabajo coordinado entre los operadores de justicia en el Distrito Judicial del Santa, aunado a que la distancia aproximada entre el distrito de Guadalupito y la Fiscalía Provincial Mixta del Santa es de 44 minutos (58.8 km) aproximadamente, concluye que resulta pertinente que se incorpore el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad, dentro de la competencia territorial del Distrito Fiscal del Santa, y recomienda que se amplíe la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta del Santa para que conozca lo casos provenientes del mencionado distrito. Estando a lo expuesto, y con la finalidad de facilitar el acceso de los ciudadanos a los órganos fiscales, dado el entorno geográfico en el que se encuentra el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad, resulta conveniente incorporar el mencionado distrito dentro la competencia territorial del Distrito Fiscal del Santa, así como ampliar la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta del Santa a fin de que conozca los casos provenientes del distrito de Guadalupito. En consecuencia, siendo el Fiscal de la Nación titular del Ministerio Público y responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, puede adoptar las medidas que considere pertinentes para brindar un servicio fiscal eficiente y oportuno. Contando con el visto bueno de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del