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26 NORMAS LEGALES Lunes 13 de mayo de 2024 El Peruano / 5. Para las audiencias presenciales, la O fi cina de Administración de la CSN deberá adoptar las medidas sanitarias y de seguridad necesarias, a fi n de preservar la salud de magistrados, servidores y usuarios judiciales en función a la capacidad de las salas de audiencia disponibles. 6. Las audiencias llevadas a cabo a través del entorno virtual y por el aplicativo de telefonía Google Meet se desarrollarán conforme a la normativa especí fi ca, cuya coordinación será íntegramente virtual, para cumplir esa fi nalidad, el Área de Informática de la CSN brindará el soporte informático para la realización de las audiencias de manera oportuna, así como el responsable del Área deberá ejecutar las medidas de seguridad en todas las cuentas implementadas para la realización de audiencias mediante el aplicativo Google Meet en coordinación con el Administrador de la CSN y la Gerencia de Informática de la Gerencia General de nuestra institución, proporcionando los enlaces respectivos a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial conforme a la normativa de dicha institución. 7. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por la R.A. N° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero.- DISPONER el cumplimiento obligatorio de lo dispuesto en los fundamentos 3 y 4 de la presente resolución, que fi ja las pautas para el agendamiento de audiencias presenciales y virtuales por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, hasta que se emita nueva disposición. Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente, a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, los jueces de todas las instancias, a la O fi cina de Administración de la CSN, a la Administración del Módulo del Código Procesal Penal, así como al personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidente de la Corte Superior Nacionalde Justicia Penal Especializada 1 En dicha resolución se dispuso: “Artículo primero. Disponer el retorno al trabajo presencial de los señores magistrados y personal jurisdiccional y administrativo que han venido desempeñando trabajo remoto o con licencias generadas por la emergencia sanitaria, a partir del 29 de mayo de 2023. Artículo segundo. Disponer el uso obligatorio del uniforme institucional para todos los servidores a los cuales se les ha hecho entrega y el uso de vestimenta formal para aquellos que no han recibido el uniforme institucional, quedando prohibido asistir al centro de labores en ropa informal, sport o deportiva, a partir del 29 de mayo de 2023”. 2 Conforme al artículo primero de la parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 000299-2023-P-PJ de fecha 29 de mayo de 2023 emitido por la Presidencia del Poder Judicial. 3 Ello conforme al apartado 2.13 de la R.A. N° 000213-2023-CE-PJ de fecha 07 de junio de 2023, en donde se señala: “Los jueces y juezas de todas las instancias obligatoriamente llevarán a cabo las audiencias desde el despacho judicial respectivo, pudiendo estas desarrollarse de forma virtual o presencial. Las audiencias virtuales se realizarán a través del aplicativo Google Meet, estableciéndose la plena vigencia del “Protocolo temporal para audiencias judiciales virtuales durante el período de emergencia sanitaria” aprobado por Resolución Administrativa N° 173-2020-CE-PJ, con excepción de las disposiciones relativas a la emergencia sanitaria por el covid-19 que quedan sin efecto”. 4 En sus apartados 14 y 15. 5 En su apartado 09. 6 En su apartado 13. 7 En su apartado 14. 8 En su apartado 14. 2287803-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de Subgerente de Diseño de Política Monetaria para participar en seminario que se realizará en Luxemburgo RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0023-2024-BCRP-N Lima, 6 de mayo de 2024CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), el Mecanismo de Estabilidad Europeo (ESM) y la O fi cina de Investigación Macroeconómica de ASEAN+3 (AMRO) para participar en el 8th Joint Regional Financing Arrangements Research Seminar, que se realizará el 16 de mayo de 2024 en Luxemburgo, Luxemburgo; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº27619, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 25 de abril de 2024; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Fernando José Pérez Forero, Subgerente de Diseño de Política Monetaria de la Gerencia de Política Monetaria, el 16 de mayo de 2024, a la ciudad de Luxemburgo, Luxemburgo, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Viáticos US$ 716,00 TOTAL US$ 716,00 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2287073-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1129-2024-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2024 VISTO:El expediente N° MUPDFA20230007796, o fi cio N° 001010-2024-MP-FN-PJFSAYACUCHO, de fecha 03 de abril de 2024, y;