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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2024 (15/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de mayo de 2024 El Peruano / Artículo 3.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa FIBRAMAX TEL S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión y presentación de la carta fi anza que asegure el inicio de operaciones. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2288010-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2025 - 2027 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 245-2024-MTC/01 Lima, 14 de mayo de 2024VISTOS; El Memorando N° 1004-2024-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes Nos. 0142 y 0146-2024-MTC/09.01 de la O fi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación, y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el inciso 3) del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el CEPLAN mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias, aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;Que, de acuerdo a la “Guía para el Planeamiento Institucional”, el Plan Operativo Institucional (POI) es el instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional establecida en el Plan Estratégico Institucional (PEI); asimismo, el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) de fi nidas en el PEI, por un período no menor de tres años, respetando el período de vigencia del PEI; además, establece los recursos fi nancieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y fi nanciera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, el numeral 6.2 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fi scal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual - MMM y la estructura presupuestal del año vigente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 168-2024- MTC/01, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo al artículo 22 de la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 000021-2024-CEPLAN/PCD, el POI Multianual se formula con un horizonte temporal de tres (3) años, alineado a las metas del PEI al cual se articula, y debe usarse para orientar la asignación presupuestal que efectúa el Titular del pliego correspondiente; asimismo, señala que el POI Multianual es aprobado por el Titular de la entidad;Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2024-CEPLAN/PCD, se dispone prorrogar para el presente año el plazo señalado en la sección 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033- 2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, estableciendo el día 14 de mayo de 2024, como plazo para la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2025 - 2027; Que, mediante los documentos de vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del Pliego 036: Ministerio de Trasportes y Comunicaciones, señalando que dicho documento se ha elaborado bajo un proceso participativo con las Unidades de Organización y Unidades Ejecutoras del Pliego, considerando un enfoque de articulación con los sistemas administrativos transversales de planeamiento estratégico, de programación multianual y gestión de inversiones, de presupuesto público, y de abastecimiento; asimismo, contiene la programación de actividades operativas e inversiones, así como, de sus respectivas metas físicas y fi nancieras para los años fi scales 2025, 2026 y 2027, en el marco de las acciones estratégicas institucionales aprobadas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; además, precisa que el mencionado documento cuenta con la validación de los miembros de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio; Que, conforme a los literales b) y h) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, son funciones del Despacho Ministerial, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial en el marco del sistema nacional de planeamiento estratégico y determinar los objetivos sectoriales, funcionales y nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes que correspondan; y expedir resoluciones ministeriales en el marco de su competencia; Que, en ese sentido es necesario aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones;