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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2024 (15/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de mayo de 2024 El Peruano / niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman el Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, a través de la cual se establecen las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, con fecha 18 de enero de 2024 y sobre la base de la citada Guía, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) emite el Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN, a través del cual dispone las consideraciones que las entidades deben aplicar para la ampliación del horizonte temporal de los planes estratégicos institucionales a fi n de dar cobertura al Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027; Que, el numeral 5.7. de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del Plan Estratégico Institucional (PEI) con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno y emite un informe técnico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0077-2023- RE, de 27 de enero de 2023, se aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional ampliado (PEI) 2020-2026 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0270-2024- RE, de 1 de abril de 2024, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores; Que, mediante Informe OPR N° 0025/2024, de 7 de mayo de 2024, contenido en el Memorándum N° OPR000912024, la O fi cina de Programación y Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la necesidad de ampliar el horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2026 del Ministerio de Relaciones Exteriores al año 2027; Que, en sesión virtual del 23 de febrero de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba el proyecto de Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 ampliado; Que, a través del Informe Técnico N° D00000211- 2024-CEPLAN-DNCPPEI, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) veri fi ca y valida el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 ampliado del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, teniendo en consideración lo señalado en el Informe OPR N° 0025/2024, de 7 de mayo de 2024, así como el marco normativo vigente y aplicable sobre la materia, la O fi cina General de Asuntos Legales emite opinión favorable sobre la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 ampliado del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable y los visados de la Secretaría General, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asuntos Legales; Estado a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del PEI 2020-2027 Se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020- 2027 ampliado del Ministerio de Relaciones Exteriores, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Se dispone la publicación de la presente resolución ministerial y del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 ampliado en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), el mismo día de su publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”; así como en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de cinco (5) días hábiles de aprobada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2288572-1 Autorizan viaje de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores a la República de la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0384-2024-RE Lima, 13 de mayo de 2024 VISTOS:El Memorándum N° DSL004192024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 29 de abril de 2024 y su proveído de 7 de mayo de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 1734 del Despacho Viceministerial, de 29 de abril de 2024 y sus proveídos de 8 y 9 de mayo de 2024; el Memorándum Nº OPP014852024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de mayo de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP014822024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 9 de mayo de 2024; CONSIDERANDO: Que, la República del Perú se adhirió al Tratado Antártico, el 10 de abril de 1981, y en 1989, fue aceptada como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés cientí fi co en la Antártida a través de las expediciones cientí fi cas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu” (ECAMP); Que, corresponde al Perú, en su condición de Parte Consultiva del Tratado Antártico, participar en las Reuniones Consultivas anuales de dicho instrumento; Que, asimismo, el Perú es Parte del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente Antártico (Protocolo de Madrid), el cual designó a la Antártida como una Reserva Natural dedicada a la Paz y a la Ciencia; Que, se ha previsto realizar la Cuadragésimo Sexta Reunión Consultiva del Tratado Antártico - XLVI RCTA, así como la Vigésima Sexta Reunión del Comité para la Protección del Medio Ambiente - XXVI CPA, del 19 al 30 de mayo de 2024, en la ciudad de Kochi, República de la India; Que, por lo expuesto, se estima importante la participación del Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Alberto Andrés Soto Millonez, funcionario de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos y de la señora Karla Pamela Córdova Morales, Contratada