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62 NORMAS LEGALES Sábado 9 de noviembre de 2024 El Peruano / 2021 y sus modi fi catorias; y el Procedimiento N° 1A del TUPA esta Superintendencia; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la organización de una Empresa de Créditos bajo la denominación social de Prex Perú Empresa de Crédito S.A., para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el organizador, que se devuelve debidamente autenticada con el sello o fi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certi fi cado de Autorización al que se re fi ere el tercer artículo de la presente resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de Prex Perú Empresa de Crédito S.A. en organización, se deberá cumplir dentro del plazo de ley, con las exigencias establecidas en el Capítulo III del Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y otros requerimientos establecidos por esta Superintendencia, los cuales deberán ser comunicados por escrito por el organizador, para efectos de las comprobaciones correspondientes. Artículo Tercero.- Para emitir dinero electrónico, se deberá solicitar autorización para la ampliación de operaciones establecidas en el artículo 221 de la Ley General y cumplir con los requisitos establecidos por el Procedimiento N° 102 del TUPA, procedimiento cuyo inicio estaría condicionado a la obtención previa de la autorización de funcionamiento a la que se re fi ere el artículo anterior. Artículo Cuarto.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certi fi cado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 1 De conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1531, a partir de su entrada en vigencia, toda referencia contenida en el marco legal vigente a EDPYME, debe entenderse referida a Empresa de Créditos del numeral 5 del literal A del artículo 16 de la Ley General. 2337880-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Otorgan a Consorcio Eléctrico de Villacuri S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en proyecto ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ICA RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 013-2024- GORE.ICA-GRDE/DREM-AE Ica, 6 de noviembre de 2024VISTOS: El registro N° 012565 del 13 de febrero de 2024 presentado por la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. RUC N° 20178344952 e inscrito en la Partida Registral N° 11000540 del Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP, sede Ica, debidamente representado por el señor Percy Napoleón Ortiz Espinoza, identi fi cado con el DNI N° 09165867; mediante el cual solicitó otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, ubicada en el distrito de Salas, provincia, departamento de Ica; y, el O fi cio N° 799- 2024-GORE.ICA/GRDE-DREM, de 25 de marzo de 2024, Informe Técnico Legal N° 025-2024-GORE.ICA-GRDE-DREM-ATE/MACR-MGCR; del 10 de setiembre de 2024; y el Informe Técnico Legal N° 036-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-ATE/MACR-MGCR, de 05 de noviembre de 2024; elaborado por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 012565, de fecha 13 de febrero de 2024, CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ S.A.C., solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, ubicada en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; Que, la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica, según los Informes de Vistos, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM; y, el inciso f) del artículo 59° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”; y demás normas complementarias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- OTORGAR a favor de CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURI S.A.C., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, con una potencia instalada de 9.92MW, ubicada en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Directoral Regional y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente Resolución. Artículo 2°.- APROBAR el Contrato de Concesión N° 001-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-AE a suscribirse entre CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURI S.A.C. y el Gobierno Regional de Ica, el cual consta de 18 clausulas y 4 anexos. Artículo 3°.- PRECISAR que será el Gobernador Regional el que en nombre y representación del Gobierno Regional de Ica, suscriba tanto el Contrato de Concesión referido en el artículo precedente, así como la escritura pública que se origine. Artículo 4°.- INSERTAR en el texto de la presente Resolución Directoral Regional en la Escritura Pública a que de origen al Contrato de Concesión N° 001-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-AE, aprobado en el artículo 2° de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Regional por una sola vez en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5)