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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (09/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Sábado 9 de noviembre de 2024 El Peruano / Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro; nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024; salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Daniel Alonso Navarro Fernández, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el despacho de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución; salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la Cláusula Undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto el abogado mencionado. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2342415-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la organización de una empresa de créditos bajo la denominación social de Prex Perú Empresa de Crédito S.A. RESOLUCIÓN SBS N° 03609-2024 Lima, 15 de octubre de 2024 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Prex Holding Sociedad por Acciones Simpli fi cadas, con Expediente Nº 2023-00027256, en calidad de organizador, a través de su representante, Andrés Kuan-Veng Cabrejo (en adelante, el Representante), para que se autorice la organización de una Empresa de Créditos, incluyendo la autorización para emitir dinero electrónico, bajo la denominación social de “Prex Perú Empresa de Crédito S.A.”, y; CONSIDERANDO: Que, Prex Holding Sociedad por Acciones Simpli fi cadas en sesión del Órgano de Administración del 13.10.2021 autorizó al Representante, para constituir una EDPYME 1 en la República de Perú; Que, Prex S.A.C. en la Junta General de Accionistas del 01.12.2022 autorizó al Representante, para constituir una Empresa de Créditos en la República de Perú; Que, Prex Holding Sociedad por Acciones Simpli fi cadas y Prex S.A.C. acordaron constituir en el Perú, una sociedad anónima bajo la denominación social de Prex Perú Empresa de Crédito S.A.; Que, mediante comunicación recibida el 28.03.2023, el Representante solicitó a esta Superintendencia autorización para la constitución de una Empresa de Créditos, incluyendo la autorización para emitir dinero electrónico, a denominarse Prex Perú Empresa de Crédito S.A.; Que, respecto a la autorización para emitir dinero electrónico, para que una Empresa de Créditos pueda efectuar la operación prevista en el numeral 42 del artículo 221 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modi fi catorias (en adelante, la Ley General), deberá presentar una solicitud de autorización de desarrollo y de implementación, en el marco de lo estipulado por el literal i) del numeral 2 del artículo 3, concordante con el artículo 5 del Reglamento para la Ampliación de Operaciones, aprobado por la Resolución SBS N° 4465-2016 y sus modi fi catorias, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el Procedimiento N° 102 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante la Resolución SBS N° 01581-2023 y sus modi fi catorias; Que, conforme al artículo 1 del Reglamento para la Ampliación de Operaciones, sus disposiciones son aplicables a las empresas de operaciones múltiples señaladas en los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 7 del literal A del artículo 16 de la Ley General; es decir, a aquellas empresas que cuentan con autorización de funcionamiento, entre las cuales se encuentran las Empresas de Créditos. En ese sentido, para efectos de la presentación de la solicitud a la que se re fi ere el procedimiento N° 102 del TUPA, la empresa en cuestión debe contar con una autorización de funcionamiento, sin que exista impedimento para que una empresa en organización presente, en la etapa de autorización de funcionamiento, los requisitos correspondientes a otras solicitudes vinculadas con operaciones que requieren la autorización de esta Superintendencia; Que, el accionariado de Prex Perú Empresa de Crédito S.A. queda con fi gurado por Prex Holding Sociedad por Acciones Simpli fi cadas (99.99%) y Prex S.A.C. (0.01%); Que, el proyecto de estatuto social de la empresa por constituirse ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Que, Prex Holding Sociedad por Acciones Simpli fi cadas y Prex S.A.C., en calidad de accionistas, presentaron la información requerida por el Procedimiento N° 1A del TUPA de esta Superintendencia, la misma que se encontró conforme luego de su evaluación; Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, de Asesoría Jurídica, de Estudios Económicos, de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante Carta N° 0004-2024-FIN100-N recibida el 20.09.2024; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley General; el Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS Nº 211-