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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Lunes 11 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Memorándum Nº 451-2024-GM/ MCPSMH de fecha 23 de octubre del 2024, emitido por la Gerencia Municipal, señala “(…) En consecuencia, se traslada los actuados a vuestra Secretaria para ser sometida a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación correspondiente.”; Informe Nº 46-2024-GAT/MCPSMH de fecha 24 de octubre del 2024, el Gerente de Administración Tributaria, señala: “(…) En ese sentido, solicito a su despacho se incluya la ampliación del bene fi cio tributario para aquellos contribuyentes que mantienen deudas pendientes del año 2019 hasta el año 2024 para su aprobación. (…)”; Que, mediante Memorándum Nº 453-2024-GM/ MCPSMH de fecha 24 de octubre del 2024, emitido por la Gerencia Municipal, señala “(…) En consecuencia, se remite la información adicional a vuestra Secretaria para ser considerado en el “Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el bene fi cio de amnistía Tributaria y No Tributaria en la Municipalidad de C.P. Santa María de Huachipa.”; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 16-2024-MCPSMH, de fecha de 31 de octubre de 2024, y estando a lo dispuesto en el Artículo 9 numeral 1, 8 y 14 y los Artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria realizada el día 31 de octubre de 2024, por UNANIMIDAD, APROBÓ lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE BENEFICIO DE AMNISTÍA TRIBUTARIA DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES EN LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA: Establecer los “BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS” a favor de los contribuyentes de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa, que mantengan Obligaciones Tributarias por el concepto, Arbitrios Municipales pendiente de pago de años anteriores hasta el periodo 2018, cualquiera que sea su estado de cobranza, se otorgará el bene fi cio del descuento del 100% del insoluto y los intereses moratorios siempre y cuando pague la totalidad de la deuda vencida de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024. Asimismo, se otorgará un descuento de manera progresiva del insoluto de las multas administrativas con un descuento del 100 % de los intereses moratorios. Esto con de reducir los niveles de morosidad y sincerar los saldos por cobrar. Artículo 2º.- DEFINICIONES: a. Deuda Tributaria: Deudas provenientes de los Arbitrios Municipales. b. Deuda No Tributaria: Deudas generadas por la imposición de papeletas por Multas Administrativas reguladas en el Reglamento de Aplicación y Sanciones (RAS) de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa, derivadas de las acciones fi scalizadoras. c. Interés Moratorio: Porcentaje que se cobra cuando se atrasan en el pago de las deudas. Estos se aplican una vez que vence el plazo límite de pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias. Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Podrán acogerse al bene fi cio tributario que se establece en la presente ordenanza las personas naturales o jurídicas cuyos predios con USO DE TERRENO SIN CONSTRUIR, CASA HABITACIÓN, COMERCIO Y SERVICIOS GENERALES HASTA EL PRESENTE EJERCICIO 2024. Artículo 4º.- BENEFICIOS APLICABLES A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS: Durante la vigencia de la presente Ordenanza los contribuyentes gozarán de los siguientes bene fi cios:a) Condonar el 100 % de los intereses moratorios y el insoluto las deudas vencidas por Arbitrios municipales desde los años anteriores hasta el periodo 2018 PREVIA CANCELACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DEL TOTAL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2019 HASTA EL AÑO 2024, se aplicará la referida condonación solamente en el caso de no tener deuda pendiente de los años 2019 hasta el 2024.acuerdo al siguiente cuadro: AÑOS DE LAS DEUDAS VENCIDASCONDONACIÓN EN % DEL INSOLUTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALESCONDONACIÓN EN % DE LOS INTERESES MORATORIOS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Años Anteriores hasta el 2018100% 100% b) Condonar el 100 % de los intereses moratorios de las deudas vencidas por Arbitrios municipales siempre y cuando se pague la totalidad de la deuda vencida o el pago del ejercicio fi scal del año de la deuda vencida conforme se detalla en el siguiente cuadro: DEUDAS VENCIDASCONDONACIÓN EN % DE LOS INTERESES MORATORIOS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2019 100%2020 100%2021 100%2022 100%2023 100% 2024 100% En los casos en que se haya cancelado de forma parcial los Arbitrios Municipales o multa tributaria de un determinado ejercicio anual, el descuento se aplicará sobre el saldo pendiente de pago de dicho ejercicio. El descuento sobre el monto insoluto de Arbitrios Municipales no aplica para deudas que se acojan en un Convenio de Fraccionamiento, sobre las cuales aplicará únicamente los bene fi cios señalados en el artículo precedente. c) Pago único por el concepto de las costas y gastos procesales de s/ 50 .00 soles para personas naturales y s/ 100.00 para personas jurídicas generados por la deuda que se encuentren en ETAPA DE COBRANZA COACTIVA de acuerdo al siguiente cuadro: AÑO DE LA DEUDA VENCIDASPAGO ÚNICO PERSONAS NATURALESPAGO ÚNICO PERSONAS JURÍDICAS Años Anteriores hasta el 2018s/ 50 .00 s/ 100.00 Artículo 5º.- BENEFICIOS APLICABLES A LAS DEUDAS NO TRIBUTARIAS: DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS: Durante la vigencia de la presente Ordenanza los administrados gozarán de los siguientes bene fi cios: Se efectuará un descuento escalonado o progresiva sobre el importe total de la multa administrativa (incluyendo el importe de los intereses, reajustes, costas y gastos administrativos de estar pendiente de pago), que se encuentren en estado ordinario o en ejecución coactiva a la fecha de inicio de la vigencia de la presente Ordenanza. Asimismo, este descuento se aplicará sobre las multas que se encuentren en Ejecutoria Coactiva para su cobro durante su vigencia de acuerdo a la fecha de emisión de la multa administrativa, de la siguiente manera: