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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Lunes 11 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 002- 2021/APCI-DE de fecha 8 de enero de 2021 se aprobó la Directiva N° 001-2021-APCI “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”, con el objetivo de establecer las disposiciones aplicables durante la tramitación del Procedimiento Administrativo Sancionador - PAS previsto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 057- 2021/APCI-DE de fecha 20 de mayo de 2021, se aprueba, entre otros, el Inventario de Procesos M04, Seguimiento y Evaluación de la Cooperación Técnica Internacional (CTI), en complemento al aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 112-2020/APCI-DE; a Nivel 0, 1, 2 y 3, que forman parte del Mapa de Procedimientos (MAPRO) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; fi gurando como proceso de nivel 1 el “Procedimiento Administrativo Sancionador”; Que con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 127- 2022/APCI-DE de fecha 25 de noviembre de 2022 se aprobó la Directiva N° 004-2022-APCI, “Directiva para la elaboración, presentación y aprobación de documentos o instrumentos normativos en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”, que tiene por objeto establecer disposiciones que complementan el proceso de elaboración, presentación y aprobación de documentos o instrumentos normativos en la APCI; Que, con fecha 26 de agosto de 2024, por encargo de la Dirección Ejecutiva, se celebró una reunión que abordó la necesidad de mejora en la custodia de expedientes administrativos que maneja la APCI; esta reunión fue presidida por la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ), y contó con la participación de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), la O fi cina General de Administración (OGA) y la Secretaría Técnica de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS); Que, luego de la referida reunión se emitió un Acta que fue suscrita por los participantes, en la que se contempló que la OAJ iniciaría las gestiones relativas, primero; a la modi fi cación de la “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS” y, segundo, a la modi fi cación del “Reglamento del Cobro de Multas y Fraccionamiento de Deudas de la APCI”, en donde se identi fi que de manera expresa cuáles son las instrumentales que requiere trasladar la Secretaría Técnica de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) a la O fi cina General de Administración (OGA) para aperturar el Procedimiento de Ejecución Coactiva, con la fi nalidad de facilitar el traslado de documentación de una dependencia a otra, así como ahorrar esfuerzos y recursos de la entidad; Que, atendiendo a la primera acción a ser realizada, la OAJ - en su condición de órgano proponente - emite el Informe N° 0207-2024-APCI/OAJ de fecha 21 de octubre de 2024, y presenta a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) - con las conformidades previas de la CIS (por ser la dueña del Proceso de Nivel 2 denominado M04.03.03 Desarrollo de Fase Resolutiva, del MAPRO de la APCI) y de la OGA (por encontrar relación con sus funciones) brindadas a través de la Memoranda N° 0226-2024-APCI/CIS del 16 de setiembre de 2024 y N° 0794-2024-APCI/OGA del 18 de setiembre de 2024 respectivamente -, la propuesta de modi fi cación de la Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI; señalando que dicha acción permitirá lograr un mayor dinamismo y orden en el traslado y custodia de los expedientes administrativos que derivan del PAS en la entidad; situación previamente abordada y analizada en la reunión del 26 de agosto, cuyo detalle se encuentra contemplado en el Acta de reunión de dicha fecha; Que, por medio del Informe N° 0071-2024-APCI/OPP de fecha 23 de octubre de 2024, la OPP emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación de la Directiva Nº 001-2021-APCI, señalando que esta se alinea y es consistente con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; la Norma Técnica N° 001- 2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; el Plan Estratégico Institucional (PEI) de la APCI Plan Operativo Institucional (POI) 2024; y, el Manual de Procedimientos MAPRO de la APCI; y, recomienda que se continúe con el proceso para su aprobación; Que, con Informe N° 0211-2024-APCI/OAJ de fecha 28 de octubre de 2024, la OAJ de la APCI - en su condición de órgano que brinda su conformidad legal -, emite opinión favorable y determina que la propuesta cuenta con el sustento técnico correspondiente y observa lo establecido en la Directiva N° 004-2022-APCI, “Directiva para la elaboración, presentación y aprobación de documentos o instrumentos normativos en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”, aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 127-2022/APCI-DE de fecha 25 de noviembre de 2022; por lo que corresponde que la Dirección Ejecutiva, en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27692 y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, apruebe mediante acto resolutivo la modi fi cación de la citada Directiva; Que, en tal sentido corresponde aprobar la modi fi cación de la Directiva Nº 001-2021-APCI, “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”, a través de la presente Resolución Directoral Ejecutiva; Con los vistos de la Comisión de Infracciones y Sanciones, de la O fi cina General de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2019-RE; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el literal o. del Artículo 5.3.3. de la Directiva N° 001-2021-APCI “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 002-2021/APCI-DE, y sus modi fi catorias, quedando el texto redactado de la siguiente manera: “V. Disposiciones Generales (…)5.3. Autoridades del PAS (…) 5.3.3. La Secretaría TécnicaLa Secretaría Técnica brinda apoyo técnico a la autoridad resolutiva durante el trámite de primera instancia del PAS. Son funciones del(a) Secretario(a) Técnico(a):(…) o. Remitir a la OGA las instrumentales necesarias de expediente del PAS, según el detalle contemplado en el Reglamento del Cobro de Multas y Fraccionamiento de Deudas de la APCI, para que se inicie el procedimiento de ejecución coactiva de la multa. (…)” Artículo 2.- La modi fi cación dispuesta en el artículo anterior es de aplicación desde el día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la APCI, respecto a los procedimientos administrativos sancionadores que se instauren con posterioridad a la vigencia de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI (https://www.gob.pe/apci).