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31 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / transfi rieron los recursos, los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, a través del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley Nº 31953, se han asignado recursos en el pliego SIS para que durante el Año Fiscal 2024, se fi nancie la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1, 2.2, del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el Aseguramiento Universal en Salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19, modifi cado mediante Decreto de Urgencia Nº 078-2021, así como fi nanciar los gastos de viáticos y transporte del personal de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas que participen en la atención de salud de las poblaciones comprendidas en los ámbitos de intervención; para lo cual los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, con Resolución Jefatural Nº 000165-2024-SIS/J, se aprueba la Directiva Nº 008-2024-SIS/GNF-V.05 “Directiva para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, estableciendo en el literal b) del numeral 7.1 del artículo VII que es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento: “Realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero a nivel nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022- 2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante Memorando Nº 002128-2024- SIS/OGPPDO, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo y remite el Informe Nº 000056-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certifi cado de Crédito Presupuestario Nº 1923, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante el Informe Nº 000017-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento concluye que “en el marco de los convenios y adendas suscritas para el periodo 2024, se han realizado las transferencias de acuerdo con la estimación del marco presupuestal de cada unidad ejecutora, a la fecha ya fueron transferidos el 100% del presupuesto programado. De la estimación de los saldos de libre disponibilidad se propone la transferencia por un monto de S/ 1,300,000 los cuales se encuentran en la Genérica de Gasto 2.4. De acuerdo al DL 1440 que dentro de uno de los principios establece la oportunidad de los créditos presupuestarios, se propone la transferencia de este saldo priorizando a las unidad ejecutora que tienen un avance considerable de la ejecución de los recursos transferidos por el SIS”; asimismo concluye que “(…) los recursos identifi cados como saldo de libre disponibilidad son propuestos para la programación de una transferencia para el fi nanciamiento de los gastos en marco a la Directiva Nº 008-2024-SIS/GNF-V.05 Directiva para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud y sus Anexos aprobada con la RJ Nº 000165-2024- SIS/J, teniendo en cuenta los criterios y condiciones establecidas. Asimismo, la UE 144 Hospital Nacional Dos de Mayo en marco a su Plan de campaña cardiovascular deberá utilizar los recursos para la fi nalidad para los cuales fueron transferidos en marco al DL 1440”; fi nalmente, concluye que “(…) de realizarse la Transferencia de los recursos descritos en el párrafo anterior, estos deberán afectarse a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (R.O.); en la categoría presupuestal 9002; Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP); en el mecanismo de pago Pago por Prestaciones de Salud de acuerdo con la categoría de la Unidad Ejecutora 144 Hospital Nacional Dos de Mayo”. Que, de igual manera, a través del Informe Nº 000026-2024-SIS/GNF-VSN, la Gerencia de Negocios y Financiamiento señala que “(…) visto el Informe Nº 000017-2024-SIS/GNF, mediante el cual el gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento indica se realice la programación de transferencia, y el Memorando Nº 001599-2024-SIS/GREP que otorga opinión favorable, y el Memorando Nº 002128-2024-SIS/OGPPDO que hace suyo el Informe Nº 000056-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, que garantiza la disponibilidad y libre afectación del Crédito Presupuestario (CCP 1923), se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 1 300 000.00 por el mecanismo de pago por Prestaciones de Salud con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Noviembre 2024”; Que, mediante Informe Legal Nº 000616-2024-SIS/ OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera legalmente viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 1 300 000.00 (Un millón trescientos mil y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios Noviembre 2024”, para el fi nanciamiento de las prestaciones brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 1 300 000.00 (Un millón trescientos mil y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios Noviembre 2024” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones brindadas a los asegurados del Seguro Integral de Salud en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud por prestaciones diferencien, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 008-2024- SIS/GNF-V.05 “Directiva para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro