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9 NORMAS LEGALES Martes 26 de noviembre de 2024 El Peruano / Resolutivo del Sector, aprobar las brechas identifi cadas y los criterios de priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración del PMI, de acuerdo a las medidas sectoriales defi nidas por los Sectores; Que, asimismo, el numeral 10.3 (ítem 8), del artículo 10 del referido Reglamento establece como una de las funciones de la Ofi cina Programación Multianual de Inversiones – OPMI del Sector, proponer al OR los criterios de priorización de la cartera de inversiones y brechas identifi cadas a considerarse en el PMI sectorial, los cuales deben tener en consideración los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN y ser concordantes con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual cuya desagregación coincide con la asignación total de gastos de inversión establecida por el Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en adición a ello, el artículo 13 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, regula la elaboración y aprobación de los criterios de priorización, precisando, en su numeral 13.2 que la OPMI del Sector previa coordinación con la ofi cina de planeamiento o la que haga sus veces en la entidad, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, en concordancia con los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN, siendo de aplicación en los tres niveles de gobierno, según corresponda; Que, en complemento de lo señalado, el numeral 13.3 del artículo precitado establece que los criterios de priorización sectoriales son elaborados de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos por la DGPMI y remitidos a esta en el Formato N° 04-B: Criterio de Priorización Sectorial, para su validación metodológica; y, en el numeral 13.4 establece que los criterios de priorización sectoriales validados por la DGPMI, en coordinación con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, son aprobados anualmente por el OR del Sector y publicados por la OPMI en su portal institucional, de acuerdo a los plazos establecidos en el Anexo N° 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones; Que, a través del Ofi cio N° 0796-2024-EF/63.03 la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 0301-2024-EF/63.03, expedido por la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, el cual señala que los criterios de priorización sectoriales presentados por la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa, en su calidad de Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Defensa, se sujetan al cierre de brechas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y a los instrumentos de planeamiento estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, se alinean con la responsabilidad funcional del Sector, y han defi nido y establecido adecuadamente la metodología de cálculo; guardando coherencia con la metodología general establecida en los lineamientos metodológicos señalados en el “Instructivo para la elaboración de los criterios de priorización sectoriales”; Que, mediante Ofi cio N° 03499-2024-MINDEF/ VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto se remite el Informe N° 00218-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPRI, a través del cual la Dirección de Programación de Inversiones señala que corresponde aprobar los criterios de priorización (2026-2028) que se enmarcan en el ámbito de nuestra responsabilidad funcional, validados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por medio del Informe Legal N° 02127-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la emisión de la resolución ministerial que apruebe los Criterios de Priorización del Sector Defensa para la Programación Multianual de Inversiones (PMI) 2026 - 2028), elaborado por la Dirección de Programación de Inversiones, en su calidad de OPMI del MINDEF, y que ha sido validado por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252 aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; y la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones aprobada con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los criterios de priorización del Sector Defensa, actualizados para el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026 - 2028, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2347673-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 353-2024- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 25 de noviembre de 2024VISTOS:La carta presentada por el señor WALTER HUGO ARANA MAYORCA, el Memorando N° 1084- 2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE emitido por la Dirección Ejecutiva, y el Memorando N° 3707- 2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020- MIDAGRI se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL como Unidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 0149-2021-MIDAGRI