TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2024-PCM Lima, 3 de octubre de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 3 de junio de 2024, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) invita al señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social del Programa Regional para América Latina y el Caribe (PRALC) organizada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) de Colombia, a realizarse el 22 de octubre de 2024, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el PRALC fue creado en el año 2015 por los Estados Miembros de la OCDE, con el fi n de apoyar a la región de América Latina y el Caribe en el avance de su programa de reformas en torno a tres prioridades de políticas públicas más relevantes: i) aumentar la productividad; ii) fomentar la inclusión social; y, iii) fortalecer las instituciones y la gobernanza. En el marco del PRALC, cada año se celebra en la región, una reunión de alto nivel (Cumbre Ministerial) que aborda una de las prioridades temáticas de forma continua, creando una plataforma o proceso plurianual para estas; Que, la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social se titula “La inclusión productiva revisitada” y tiene como objetivo: i) contribuir a los debates en curso sobre cómo fortalecer, ampliar y fi nanciar los sistemas de protección social; ii) adoptar una mirada objetiva hacia las políticas destinadas a abordar las causas del estancamiento de la movilidad social, incluido el desarrollo de capacidades para ofrecer mejores oportunidades a la generación de jóvenes; y, iii) atender las herramientas innovadoras y nuevos enfoques para empoderar a comunidades locales y facilitar la salida de la pobreza e informalidad, incluida inclusión fi nanciera y digital, políticas de desarrollo de las PYME e iniciativas de economía social y solidaria; Que, asimismo, mediante Carta de fecha 21 de agosto de 2024, la Organización de Estados Americanos (OEA) invita al señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la XXII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), a realizarse los días 23 y 24 de octubre de 2024, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, la CIMT de la OEA es el principal foro de discusión política y toma de decisiones en materia laboral a nivel hemisférico. Como órgano central del Sistema Interamericano de Trabajo persigue los siguientes objetivos: i) establecer normas de políticas sobre aspectos de la problemática socio-laboral; ii) efectuar la revisión de la situación laboral y de los progresos en el campo socio-laboral por los gobiernos; y, iii) propugnar la uni fi cación de criterios que permitan a los Ministerios del Trabajo fortalecer los mecanismos para la transferencia y recepción de colaboración técnica; Que, la XXII CIMT gira en torno a la temática “El futuro del trabajo en las Américas: cimentando la paz, la justicia social y la acción climática”, la misma que se subdivide en: i) Transformación tecnológica: Aprovechando oportunidades y mitigando riesgos en favor del empleo; ii) futuro del trabajo y transición justa en las Américas; y, iii) diálogo social institucionalizado e inclusión laboral: ejes para un futuro del trabajo justo, equitativo y centrado en las personas; Que, la participación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo en los mencionados eventos suponen una valiosa oportunidad para identi fi car las iniciativas que se vienen desarrollando desde la mirada gubernamental hasta la de los representantes de trabajadores y empleadores; así como, permitirá conocer las buenas prácticas que se vienen implementando en desafíos como la fragmentación de los sistemas de protección social y el estancamiento de la movilidad social, y en transformación tecnológica, el futuro del trabajo y diálogo social e inclusión laboral, que constituyen ejes para un futuro del trabajo justo, equitativo y centrado en las personas; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 21 al 25 de octubre de 2024, para participar en los citados eventos; Que, la OCDE y la OEA han informado que fi nanciarán parcialmente los gastos de alojamiento y alimentación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo durante su participación en la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social del PRALC y en la XXII CIMT; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos parciales serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 21 al 25 de octubre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, por los conceptos no fi nanciados por los organizadores, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos US$Nº de díasTotal viáticos US$ DANIEL YSAU MAURATE ROMERO889.87 4 592 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de pago de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.