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20 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0338-2024- MIDAGRI Lima, 3 de octubre de 2024VISTOS: El Memorando N°1470-2024-MIDAGRI-DVDAFIR del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego y; el Informe N° 1185-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en conformidad con el artículo 18 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, los Proyectos Especiales son considerados como una forma de organización desconcentrada que se crea para alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo, siguiendo una metodología de fi nida; no tiene personería jurídica, pero puede contar con identidad organizacional para el cumplimiento de sus funciones que determine su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones; Que, por Decreto Supremo N° 033-2003-VIVIENDA, se efectúa la transferencia del denominado “Proyecto Especial Pasto Grande del Instituto Nacional de Desarrollo”, al Gobierno Regional Moquegua, cuyo artículo 6 constituye el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande, integrado por 6 miembros, entre ellos dos representantes del ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; asimismo, se establece que “La designación de los representantes (…) del Ministerio de Agricultura serán (…) mediante Resolución Ministerial”; Que, mediante Memorándum N° 1470-2024-MIDAGRI- DVDAFIR, el Viceministro del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego - DVDAFIR, propone como representantes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Directorio del Proyecto Especial Pasto Grande, a los señores: i) Javier Dolores Romero Luna; y, ii) Rolando Rider Márquez Cuayla; Que, a través del Informe N° 1185-2024-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, informa que considera que es legalmente viable emitir la presente Resolución Ministerial; Que, en ese sentido, es necesario dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 0581-2022-MIDAGRI y designar a quienes los reemplazarán ante el referido órgano colegiado; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego (e); y del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, En conformidad con lo establecido en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y; del artículo 6 del Decreto Supremo N° 033-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante Resolución Ministerial N° 0581-2022-MIDAGRI. Artículo 2.- Designar como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande, a los señores: • JAVIER DOLORES ROMERO LUNA. • ROLANDO RIDER MÁRQUEZ CUAYLA. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial Pasto Grande, al Gobierno Regional Moquegua, a los funcionarios cuyos nombramientos han sido dados por concluidos según lo establecido en el artículo 1 de esta Resolución Ministerial, así como a los designados en el artículo 2 de la presente norma. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2331376-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan renuncia de miembro del Consejo Fiscal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2024-EF Lima, 3 de octubre de 2024CONSIDERANDO:Que, el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1276, que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, establece que el Consejo Fiscal creado mediante la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, es una comisión autónoma, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objeto es contribuir con el análisis técnico independiente de la política fi scal, mediante la emisión de opinión no vinculante a través de informes, en materias como la modi fi cación y el cumplimiento de las reglas macro fi scales y de las reglas fi scales de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; proyecciones macroeconómicas contempladas en el Marco Macroeconómico Multianual; evolución de las fi nanzas públicas de corto, mediano y largo plazo; entre otras; Que, de acuerdo al numeral 15.2 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1276, el Consejo Fiscal está integrado por cinco (5) profesionales independientes de reconocida solvencia moral y amplia experiencia profesional no menor de diez (10) años en materia macroeconómica y/o fi scal, en el sector público y/o privado, designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, a partir de una terna propuesta por el Consejo Fiscal. Los miembros del Consejo Fiscal son designados por un período de cuatro (4) años prorrogables por un período adicional; Que, mediante la Resolución Suprema N° 005-2022- EF se designó al señor Waldo Epifanio Mendoza Bellido como miembro del Consejo Fiscal; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo N° 287-2015-EF, que establece disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, dispone que el cargo de miembro del Consejo Fiscal cesa por vencimiento del plazo de designación, por renuncia, o por falta grave debidamente comprobada que cuente con resolución fi rme o consentida, debiendo emitirse para tal efecto la Resolución Suprema correspondiente;