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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (04/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / Que, a través del Informe N° 895-2024-MINEM/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, se recomienda viable la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba la publicación del proyecto normativo “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM, y el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2007-EM”; Que, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, de acuerdo al numeral 21.1 del artículo 21 de dicho Reglamento, la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial, y el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 042- 99-EM, y el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2007-EM”, y de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, con la fi nalidad de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general. Artículo 3.- De la presentación de comentarios, aportes u opiniones Los comentarios, aportes u opiniones podrán ser presentados a través de la mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en Av. Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: Prepublicaciones_DGH@minem.gob.pe. Artículo 4.- Consolidación de información Encargar a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas la consolidación y evaluación de los comentarios, aportes u opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM, y el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2007-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2331290-1JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Reconocen para todos lo s efectos civiles a Obispo de la Diócesis de Huaraz RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2024-JUS Lima, 3 de octubre de 2024 VISTO, el O fi cio N° 007032-2024-DP/SSG, de Registro N° 000469295, del 18 de setiembre de 2024, de la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, que remite la Nota Prot. N° 779/24, de Registro N° 24-0017275, del 16 de setiembre de 2024, de la Nunciatura Apostólica de la Santa Sede en el Perú, dirigida a la señora Presidenta de la República, mediante la cual S.E.R. Monseñor Paolo Gualtieri, Nuncio Apostólico de la Santa Sede en el Perú, comunica que Su Santidad el Papa Francisco, ha nombrado al Reverendo Fray José Antonio Alarcón Gómez, hasta ahora Superior de la Fraternidad y Vicario parroquial de la Parroquia “San Pedro”, de Chorrillos, Lima, como Obispo de la Diócesis de Huaraz; CONSIDERANDO: Que, es procedente reconocer para todos sus efectos civiles el nombramiento del Reverendo Fray José Antonio Alarcón Gómez, como Obispo de la Diócesis de Huaraz, de conformidad a lo establecido en el artículo VII del Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por Decreto Ley N° 23211; el literal e) del numeral 2 del artículo 8 y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el literal g) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconocimiento Reconocer para todos los efectos civiles, a S.E. Monseñor José Antonio Alarcón Gómez, como Obispo de la Diócesis de Huaraz. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2331687-7 Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su calidad de representante de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 306-2024-JUS Lima, 3 de octubre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de Derecho Público interno,