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8 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / protección ambiental legalmente previstos, debe gestionar una Certi fi cación Ambiental ante la Autoridad Competente que corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente y lo dispuesto en el Reglamento; Que, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento, los proyectos que comprende el SEIA se encuentran señalados en el Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA previsto en el Anexo ll del Reglamento; el MINAM revisa y actualiza periódicamente este Listado en coordinación con las entidades que conforman el SEIA; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM se aprueba la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, la misma que fue modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 298-2013-MINAM, la Resolución Ministerial N° 300-2013-MlNAM, la Resolución Ministerial N° 186-2015-MINAM, la Resolución Ministerial N° 383-2016-MINAM, la Resolución Ministerial N° 159-2017-MINAM, la Resolución Ministerial N° 276-2017-MINAM, la Resolución Ministerial N° 190-2019-MINAM, la Resolución Ministerial N° 202-2019-MINAM, la Resolución Ministerial N° 023-2020-MINAM, la Resolución Ministerial N° 129-2020-MINAM, la Resolución Ministerial N° 076-2021-MINAM, la Resolución Ministerial N° 104-2021-MINAM, la Resolución Ministerial N° 135-2021-MINAM, la Resolución Ministerial Nº 186-2021-MINAM, la Resolución Ministerial N° 193-2023-MINAM, Resolución Ministerial N° 260-2023-MINAM y la Resolución Ministerial N° 009-2024-MINAM; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 276-2024-MINAM, el Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto de “Resolució n Ministerial que modi fi ca la Primera Actualizació n del Listado de Inclusió n de los Proyectos de Inversió n sujetos al Sistema Nacional de Evaluació n del Impacto Ambiental (SEIA), aprobada mediante la Resolució n Ministerial N° 157-2011-MINAM”, respecto a los proyectos de inversió n de residuos só lidos del sector ambiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, de acuerdo a los artículos 87 y 101 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental es el órgano responsable de conducir el SEIA y la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos es el organo responsable de coordinar, promover, asesorar y concertar con las autoridades sectoriales, gobiernos regionales y gobiernos locales la implementación de la normativa en materia de gestión de los residuos sólidos, en el ámbito de su competencia, respectivamente; Que, en ese contexto, a través del Memorando N° 01474-2024-MINAM/VMGA/ DGGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe N° 00277-2024-MINAM/VMGA/DGGRS/ DIGRSC de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos y Circularidad, mediante el cual sustenta la Resolución Ministerial que modi fi ca la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, aprobado por la Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y sus modi fi catorias, respecto a los proyectos de inversión de residuos sólidos del sector Ambiente, tomando en consideración los aportes y comentarios recibidos durante la prepublicación; así como la conformidad emitida por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental por medio del Memorando N° 00928-2024-MINAM/VMGA/ DGPIGA, que adjunta el Informe N° 00538-2024-MINAM/ VMGA/DGPIGA/DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; por lo que corresponde su aprobación;Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; y, la Resolución Ministerial N° 108- 2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM y normas modi fi catorias, respecto a los proyectos de inversión de residuos sólidos del sector Ambiente, de acuerdo al siguiente cuadro: SectorGOBIERNO NACIONAL - SECTORIAL GOBIERNO REGIONALGOBIERNO LOCAL Ambiente Ministerio del Ambiente 1. Área de acondicionamiento no peligrosos e infraestructuras de residuos sólidos ubicadas en áreas naturales protegidas, su zona de amortiguamiento, áreas de acondicionamiento e infraestructuras de residuos sólidos, que se ubiquen en áreas naturales protegidas, su zona de amortiguamiento, áreas de conservación regional, ecosistemas frágiles, cuerpos de agua, áreas de patrimonio arqueológico, cultural y monumental, así como zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos.2. Planta de tratamiento de residuos sólidos3. Relleno sanitario con capacidad ≥ 1000 t/día4. Rellenos de seguridad o mixto; así como los rellenos de seguridad que incluyan plantas de tratamiento.5. Escombreras con capacidad de operación ≥ 1000 t/día.6. Escombreras con infraestructuras de valorización de residuos sólidos de la construcción y demolición con capacidad de operación ≥ 1000 t/día.7. Proyectos que consideren dos o más tipologías contenidas en el Anexo de la Resolución Ministerial 260-2023-MINAM; y, al menos una de ellas se encuentre comprendida en el presente listado.Proyectos de inversión, en el marco de las competencias establecidas para los gobiernos regionales en el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos.Proyectos de inversión, en el marco de las competencias establecidas para los gobiernos locales en el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 3.1 del Anexo de la Resolución Ministerial N° 260-2023-MINAM que contiene los proyectos de inversión de residuos sólidos del sector Ambiente que requieren de la presentación de la Ficha Técnica Ambiental (FTA) de acuerdo con el siguiente detalle: