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25 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / VISTOS: El Memorando N° 00527-2024/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 310-2024-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, el Memorando N° 01060-2024/MINEM-DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas y el Memorando N° 00598-2024/MINEM-DGER de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Informe N° 267-2024/ MINEM-OGPP-OPRE y el Memorando N° 01726-2024/ MINEM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0983-2024-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electri fi cación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la Dirección General de Electri fi cación Rural podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), previa suscripción de convenios; Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM (en adelante, el Reglamento), establecen los criterios y los procedimientos aplicables para fi nanciar la ejecución de proyectos de los nuevos SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación, mejora de la infraestructura e inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación eléctrica existente, a través de las transferencias fi nancieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la fi nalidad de brindar un servicio de calidad, con fi able y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, el literal b) del artículo 21 del Reglamento, señala que, las transferencias fi nancieras están destinadas a fi nanciar proyectos entre otros, para el caso de nuevos sistemas eléctricos rurales, sistemas eléctricos de transmisión secundaria y/o complementaria, pudiendo contemplar obras de ampliación o reforzamiento necesarios para garantizar el suministro de energía; por lo que, se deberá acreditar la viabilidad de la inversión o aprobado el respectivo expediente técnico; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 048-2021 publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 24 de mayo de 2021, se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, con el objeto de viabilizar los proyectos del Programa PIT, que se consignan en el Anexo 1 del citado Decreto; Que, de acuerdo con el numeral 5.3 del artículo 5 del mencionado Decreto de Urgencia, en los respectivos Convenios se establecerá las condiciones para canalizar los recursos para el fi nanciamiento de los proyectos que conforman el Programa PIT, así como para el reembolso de los recursos transferidos a las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE(en adelante, EDEs), para fi nanciar la ejecución de los proyectos del Programa PIT. Las condiciones para el reembolso, a ser incluidas en los Convenios que se suscriban con las EDEs, son validadas por la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 156-2021-MINEM/DM, de fecha 28 de mayo de 2021, se delegó en la Dirección General de Electri fi cación Rural (en adelante, DGER), la ejecución del “Plan de Inversiones de Transmisión – Programa PIT”; Que, con fecha 2 de julio de 2021, se suscribió el Convenio Marco de Financiamiento entre la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú- ELECTRONOROESTE S.A. (en adelante, ELECTRONOROESTE S.A.) y la DGER para el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión 2013- 2017, 2017-2021 y 2021-2025-Programa PIT”; Que, mediante el Decreto Supremo N° 377-2021- EF, publicado el 24 de diciembre de 2021, se aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial – BIRF/ BM, hasta por la suma de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), para fi nanciar parcialmente el Programa PIT; Que, con fecha 28 de febrero de 2022, se suscribió el Convenio de Préstamo N° 9288-PE entre la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento – BIRF, por el monto de US$ 70 000,000.00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), los mismos que serán transferidos al MINEM a través de la DFC-DGER, de fi nida como la Unidad Ejecutora del Proyecto, Dirección que depende orgánicamente de la DGER; Que, con fecha 24 de mayo de 2022, se suscribió el Convenio Especí fi co de Financiamiento entre la empresa ELECTRONOROESTE S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto “Ampliación de la capacidad de transformación en SET CHULUCANAS, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura” (en adelante, El Proyecto); conforme a lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo N° 018-2020- EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 026-2022-MINEM-VME, del 14 de octubre de 2022, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto “Plan de Inversiones de Transmisión (PIT) - Recuperación Económica Post Covid-19 en Perú”; Que, el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 (en adelante, Ley N° 31953), autoriza de manera excepcional, la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculados al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), hasta por la suma de S/ 108 804 703,00 (Ciento Ocho Millones Ochocientos Cuatro Mil Setecientos Tres y 00/100 Soles), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID-19 en Perú”; Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, correspondiente a la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); en el caso del acápite v) se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorando N° 603-2024-MINEM/ DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00650-2024- MINEM/DGER-JAF de fecha 17 de mayo de 2024, por el monto de S/ 2 200 184.10 ( Dos Millones Doscientos Mil Ciento Ochenta y Cuatro y 10/100 Soles), a efectos que se realice la trasferencia