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11 NORMAS LEGALES Martes 15 de octubre de 2024 El Peruano / N° NOMBRES Y APELLIDOSLENGUA INDÍGENAVARIEDADCATEGORÍA OBTENIDA 16LUIS MESIAS VASQUEZ VASQUEZshipibo- koniboUcayaliTraductor e intérprete 17MAGLIN REONELA ALVARADO VARGASyineMadre de DiosTraductora e intérprete 18 MARIBEL CARASE OCHOA harakbut ArakbutTraductora e intérprete 19MARINA COLLAZOS ZUMAETAamahuaca Ucayali Intérprete 20MARLYS CECILDA MORI VASQUEZshipibo- koniboUcayaliTraductora e intérprete 21MERLY GISELA CHAVEZ SANCHEZshipibo- koniboUcayaliTraductora e intérprete 22 MIRIAM SHIMBO VERA harakbut WachiperiTraductora e intérprete 23NILSON ALCIDES RUIZ RIVEROmurui- muinani-Traductor e intérprete 24PABLO ANDRADE OCAGANEocaina - Intérprete 25 RANY ITALIANO SHAKONI matsigenka CuscoTraductor e intérprete 26RICARDO YOJAJE SHANOCUAese eja -Traductor e intérprete 27ROMEL PONCEANO SEBASTIANyineMadre de DiosIntérprete 28RUSBER WENINGER TANGOA RIOSmaijikiTraductor e intérprete 29 SELENI ROJAS SINTIshipibo- koniboUcayaliTraductora e intérprete 30 TANIA PIZARRO CURI ashaninka Cusco Intérprete 31WILBER OYEYOYEYO CHIQUETImatsigenkaMadre de DiosIntérprete 32WILSON SEBASTIAN VARGASyineMadre de DiosIntérprete 33 YESICA PATIACHI TAYORI harakbut ArakbutTraductora e intérprete Artículo 2.- Disponer la publicación de la resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Noti fi car la resolución a las personas referidas en el artículo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN INES VEGAS GUERRERO Despacho Viceministerial de Interculturalidad 2333786-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Resolución Ministerial que autoriza a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima a concertar una operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 322-2024-EF/52 Lima, 14 de octubre del 2024 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, las Empresas Públicas No Financieras pueden concertar operaciones de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional, previa autorización mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima (Electronoroeste S.A.), mediante la Carta N° GG-0237-2024 de fecha 12 de julio de 2024, solicita autorización para concertar una operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional, hasta por la suma de S/ 54 500 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), requerida para el fi nanciamiento de doce (12) proyectos de inversión en infraestructura eléctrica; Que, la indicada operación de endeudamiento sin la garantía del Gobierno Nacional cumple con los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Directiva N° 001- 2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 61.2 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y en el artículo 22 de la Directiva N° 001- 2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para concertar una operación de endeudamiento interno sin garantía del Gobierno Nacional Autorizar a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima (Electronoroeste S.A.) a concertar una operación de endeudamiento interno sin la garantía del Gobierno Nacional, hasta por la suma de S/ 54 500 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) requerida para el fi nanciamiento de doce (12) proyectos de inversión en infraestructura eléctrica. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2334175-1 EDUCACIÓN Designan Jefa de la Oficina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación de la Oficina General de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 508-2024- MINEDU Lima, 14 de octubre de 2024