NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (08/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 50
50 NORMAS LEGALES Domingo 8 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, de lo señalado precedentemente, se desprende que los alcaldes pueden regular asuntos de orden general y de interés para el vecindario mediante Decretos de Alcaldía, que no sean de competencia de los concejos municipales; Que, asimismo, es de considerar que, el desarrollo urbano debe estar orientado al respeto de los derechos de la ciudadanía en su conjunto, en tal sentido en lo que respecta a la propiedad del suelo urbano, el interés general puede sustentar limitaciones a los derechos individuales, todo ello en prevalencia del interés general sobre el particular; Estando a lo expuesto, de conformidad con los informes técnicos y legales sustentatorios; y al amparo de las disposiciones contenidas en la Ley N° 31313 - Ley del Desarrollo Urbano Sostenible, Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones urbanas y de Edifi caciones aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, la Norma Técnica GH.010 del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE y a mérito de las facultades contenidas en el numeral 6, artículo 20 y los artículo 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, con carácter prioritario y urgente, se realicen los siguientes Estudios: 1. Estudio para determinar el nivel de riesgo derivado de las modifi caciones morfológicas, urbanísticas y sociales que en el terreno objeto del Plan Específi co Sector Antigua Cantera de Arenera La Molina, se podría generar dentro del actuar habilitador y/o edifi catorio. 2. Estudio de Tránsito del Distrito de La Molina, a fi n de que se evalúe los impactos negativos que se van a generar en las principales vías del distrito, en cuanto se viabilice la acción edifi catoria en el terreno objeto del Plan Específi co Sector Antigua Cantera de Arenera La Molina. 3. Estudio Ambiental, porque parte del terreno que comprende el mencionado, Plan Específi co Sector Antigua Cantera de Arenera La Molina, se encuentra considerado como área degradada. Artículo Segundo.- DISPONER, que en tanto no se cuente con los estudios señalados en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía, se suspende la emisión de autorizaciones, licencias de habilitación urbana y/o licencias de edifi cación; la aprobación de anteproyectos en consulta, proyectos integrales de habilitación urbana y proyectos integrales de edifi cación; así como la emisión de certifi cados de parámetros urbanísticos y edifi catorios para el terreno rústico que comprende el Plan Específi co Sector Antigua Cantera de Arenera La Molina. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, para que articule con las unidades orgánicas de la Municipalidad de La Molina, acorde a sus funciones, con la fi nalidad de gestionar y obtener los estudios señalados en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía, para su posterior implementación y/o consideración en la atención de autorizaciones, de licencias de habilitación urbana y/o de licencias de edifi cación, de Anteproyectos en Consulta, de proyectos integrales de habilitación urbana, de proyectos integrales de edifi cación y de certifi cados de parámetros urbanísticos y edifi catorios, referidos al terreno rústico que comprende el Plan Específi co Sector Antigua Cantera de Arenera La Molina. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Secretaría de Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina (www.munimolina.gob.pe). Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA Alcalde 2322820-1 COMUNICADO PLENOS JURISDICCIONALES Y ACUERDOS PLENARIOS La solicitud de publicación de los plenos jurisdiccionales y ac uerdos plenarios del Poder Judicial se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de A tención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgados a los órganos jur isdiccionales. Los archivos que se remiten a través del PGA corresponden a los establecidos en el Artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y deben adecuarse a las exigenc ias de la plataforma PGA. Si la publicación incluye cuadros o tablas de texto, éstos debe n ser editables; si incluye imágenes, formulas, gráfi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta reso lución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entida d que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES