NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (08/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Domingo 8 de setiembre de 2024 El Peruano / y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2322807-3 Nombran fiscales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1938-2024-MP-FN Lima, 6 de setiembre de 2024 VISTOS: La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS de fecha 21 de junio de 2024, informe Nº 000166-2024-MP-FN-STI-NCPP de fecha 12 de julio de 2024, ofi cio Nº 000872-2024-MP-FN-STI-NCPP de fecha 05 de agosto de 2024, ofi cio Nº 002152-2024-MP-FN-PJFSCUSCO de fecha 14 de agosto de 2024 y el informe Nº 055-2024-MP-FN-OREF- EVP de fecha 5 de septiembre de 2024, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vistos, se dio a conocer que el nivel de la carga laboral y la participación del fi scal en la atención de los casos de fl agrancia delictiva han ralentizado el trabajo ordinario de las fi scalías provinciales, se determinó, entre otros, la necesidad de crear trescientas noventa (390) plazas de fi scales adjuntos provinciales, para el fortalecimiento de las fi scalías corporativas con el fi n de brindar una atención prioritaria en los casos de detenidos en fl agrancia, durante el turno fi scal en los distritos fi scales de Lima Centro, La Libertad, Lima Este, Lambayeque, Arequipa, Lima Norte, Cusco, Callao y Piura. A través del informe Nº 000166-2024-MP-FN- STI-NCPP la Ofi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal informó el ajuste del requerimiento de acuerdo al presupuesto asignado para fl agrancia delictiva; el cual conlleva a convocarse en esta etapa, la capacidad de ciento veinte (120) plazas de fi scales adjuntos provinciales entre los Distritos Fiscales señalados en el párrafo que antecede, correspondiendo al Distrito Fiscal de Cusco el número de doce (12) plazas; siendo que su distribución por despacho fi scal, se hizo de conocimiento a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales con el ofi cio Nº 000872-2024-MP-FN-STI-NCPP. Con el Ofi cio Nº 002152-2024-MP-FN-PJFSCUSCO, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco remite la relación de candidatos que habrían pasado la evaluación efectuada por ésta, en mérito al Ofi cio Circular Nº 007-2024-MP-FN, de fecha 1 de agosto de 2024. El numeral 15 del Ofi cio Circular Nº 007-2024-MP-FN, de la Fiscalía de la Nación, señala que de la evaluación realizada por la Ofi cina de Registros y Evaluación de Fiscales se advierta que algunos de los elegibles propuestos no cumplen con el perfi l o no alcanzó el puntaje mínimo durante el proceso de evaluación de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal, no será considerado para el nombramiento correspondiente, el cual será reemplazado por el inmediato que le sigue. En concordancia con el último párrafo del numeral 11 del citado ofi cio circular, que prevé que los resultados obtenidos en la etapa de evaluación por las Presidencias de las Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal no son determinantes para el proceso de nombramiento de los fi scales adjuntos provinciales. En ese contexto, se llevó a cabo la revisión de los resultados remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco y demás condiciones establecidas en el ofi cio circular en mención. Así como, el numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo para ello, los criterios establecidos en el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, que son sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Cabe resaltar que el criterio de experiencia que se requiere para el nombramiento de los fi scales adjuntos provinciales provisionales, tiene como propósito considerar la experiencia en el desempeño de la función fi scal, así como el desempeño en actividades afi nes a dicha función -despacho fi scal- para el caso del personal administrativo, dado que son estos quienes tienen su experticia más cercana con el objetivo del servicio que brinda el Ministerio Público. Así como el artículo 37 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, que establece los criterios para determinar la especialidad, entre otros los siguientes “1. La aprobación de los programas de especialización impartidos por la Academia de la Magistratura. 2. La antigüedad en la especialidad durante el ejercicio de la función fi scal. (…) 6. Los grados académicos de la especialidad. 7. Los trabajos desempeñados en cargos afi nes”. Igualmente, se ha prestado especial atención para que los nombramientos de los fi scales sean acordes con la conducta libre de toda aquella que pueda ser pasible de cuestionamientos, a efectos de fortalecer la buena imagen del Ministerio Público y dado que deben encontrarse libres de todo acto o indicio de corrupción, por ser quienes actúan en la defensa de los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos, así como velar por la recta administración de justicia. En ese sentido y a las facultades concedidas al Fiscal de la Nación, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se ha considerado oportuno asignar de manera temporal, doce (12) plazas de fi scal adjunto provincial creadas mediante la Resolución de vistos al Distrito Fiscal del Cusco en los despachos fi scales detallados en el ofi cio Nº 000872-2024-MP-FN-STI-NCPP; asimismo, previa verifi cación de los requisitos que exige la ley, nombrar y designar a los abogados que ocupen provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en las citadas plazas fi scales, correspondiente al primer tramo de implementación para el fortalecimiento de las fi scalías corporativas en la atención prioritaria para los casos de detenidos en fl agrancia; estando sujeto su nombramiento y designación, a un período de vigencia u otra causal sobreviniente que amerite la conclusión, considerando lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar, de manera temporal, doce (12) plazas de fi scal adjunto provincial creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024, al Distrito Fiscal del Cusco, a partir de la fecha hasta el 31 de diciembre de 2024, en los siguientes despachos fi scales: DESPACHO FISCALCANTIDAD (12) Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis 1 Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención 1 Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago 1 Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco 1 Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Calca 1 Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis 1