NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/09/2024)
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4 NORMAS LEGALES Domingo 22 de setiembre de 2024 El Peruano / 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2326627-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Modifican el “Cronograma de Pago del Programa CONTIGO” correspondiente al ejercicio fiscal 2024 RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000125-2024- MIDIS/PNPDS-DE San Isidro, 20 de septiembre del 2024VISTOS: El Informe Nº D000600-2024-MIDIS/PNPDS-UOT emitido por la Unidad de Operaciones y Transferencias, el Informe N° D000239-2024-MIDIS/PNPDS-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 59 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad establece que “La persona con discapacidad severa que se encuentre en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) y que no tenga un ingreso o pensión que provenga del ámbito público o privado recibe una pensión no contributiva a cargo del Estado. Corresponde a las direcciones de Salud expedir los certi fi cados de discapacidad severa y a Conadis registrarlos. El reglamento fi ja las condiciones y requisitos para el progresivo acceso a este bene fi cio.”; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-MIMP se creó en el ámbito de intervención del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el “Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza”, siendo luego transferido al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante Decreto de Supremo Nº 008-2017-MIDIS; modi fi cándose su denominación a “Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO” (en adelante Programa CONTIGO); Que, mediante Resolución Ministerial N° 012-2020-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, estableciéndose en el literal q) del artículo 22 como función de la Unidad de Operaciones y Transferencias, “Elaborar y proponer el cronograma de pagos anual de la pensión no contributiva de los usuarios a la Dirección Ejecutiva para su aprobación”;Que, en cumplimiento a lo establecido en el acápite anterior, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000003-2024-MIDIS/PNPDS-DE, de fecha 12 de enero de 2024, se aprueba el cronograma de pago del Programa CONTIGO correspondiente al ejercicio fi scal 2024; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000115-2024-MIDIS/PNPDS-DE, de fecha 23 de agosto de 2024 se aprueba la Directiva N° 01-2024-MIDIS/ PNPDS-DE, denominada “Gestión de la entrega de la pensión no contributiva del Programa CONTIGO”, en el que de fi ne al Cronograma de pagos de la siguiente manera: “Es aprobado mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva y establece la periodicidad dentro del ejercicio fi scal en curso de las actividades que deben realizarse para la elaboración y aprobación del Padrón de Usuarios, considerando las actividades vinculadas a la transferencia de la pensión no contributiva.”; Que, en atención a las disposiciones establecidas mediante Decreto Supremo N° 097-2024-PCM, de fecha 18 de setiembre de 2024, que declara el Estado de Emergencia de varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, San Martín y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de incendios forestales; la Unidad de Operaciones y Transferencias mediante Informe N° D000600-2024-MIDIS/PNPDS-UOT de fecha 20 de setiembre de 2024, propone la modi fi cación del “Cronograma de pago del Programa CONTIGO”; Que, mediante Informe N° D000239-2024-MIDIS/ PNPDS-UAJ de fecha 20 de setiembre de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa CONTIGO evalúa la propuesta de la Unidad de Operaciones y Transferencias, emitiendo opinión legal favorable respecto a la aprobación de la modi fi cación del cronograma de pago del Programa CONTIGO correspondiente al ejercicio fi scal 2024; Que, en atención a los informes y consideraciones expuestas, con el visado de la Unidad de Operaciones y Transferencias y de la Unidad de Asesoría Jurídica, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; En el marco de las competencias establecidas en el Manual de Operaciones del Programa CONTIGO aprobado mediante Resolución Ministerial N° 012-2020-MIDIS y la Directiva N° 01-2024-MIDIS/PNPDS-DE, denominada “Gestión de la entrega de la pensión no contributiva del Programa CONTIGO” aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000115-2024-MIDIS/PNPDS-DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Cronograma de Pagos Modi fi car el “Cronograma de Pago del Programa CONTIGO” correspondiente al ejercicio fi scal 2024, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000003- 2024-MIDIS/PNPDS-DE, consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, elaborado y validado por la Unidad de Operaciones y Transferencias. Artículo 2.- Noti fi cación Remitir la presente Resolución a las Unidades del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, para su conocimiento y cumplimiento conforme a sus atribuciones. Artículo 3.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Unidad de Comunicación e Imagen, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo). Regístrese, comuníquese y publíquese. ORFELINA ARPASI QUISPE Directora Ejecutiva - Programa CONTIGOPrograma Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza CONTIGO