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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 22 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar la modi fi cación de dieciocho (18) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Productos para el cuidado personal, equipaje y vestimenta del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: Nº DENOMINACIÓN DEL BIENNUEVA VERSIÓN DE LA FICHA TÉCNICA 1.BRASSIER TIPO TOP MODELO DEPORTIVO DE ALGODÓN Y 200 g/m²04 2.CALCETÍN DE POLIAMIDA CAÑA LARGA PARA CABALLERO, TEJIDO ACANALADO, 31 g POR PAR03 3.CALCETÍN DE POLIAMIDA CAÑA LARGA PARA DAMA, TEJIDO ACANALADO, 31 g POR PAR03 4.CALCETÍN DE DEPORTE CAÑA CORTA DE ALGODÓN Y POLIAMIDA PARA CABALLERO, 40 g POR PAR03 5.CALCETÍN DE DEPORTE CAÑA CORTA DE ALGODÓN Y POLIAMIDA PARA DAMA, 40 g POR PAR03 6.CALCETÍN REFORZADO CAÑA LARGA PARA CABALLERO, DE ALGODÓN Y POLIAMIDA, 75 g POR PAR03 7.CALCETÍN REFORZADO CAÑA LARGA PARA DAMA, DE ALGODÓN Y POLIAMIDA, 75 g POR PAR03 8.CALZONCILLO TIPO BÓXER DE ALGODÓN CON ELASTANO Y 220 g/m²04 9. CALZONCILLO TIPO SLIP DE ALGODÓN Y 155 g/m² 04 10. CALZÓN TIPO BIKINI DE ALGODÓN Y 155 g/m² 04 11.CAMISETA BIVIDI PARA CABALLERO DE ALGODÓN Y 155 g/m²04 12.CAMISETA MANGA CORTA CON CUELLO REDONDO PARA CABALLERO DE ALGODÓN Y 180 g/m²03 13.CAMISETA MANGA CORTA CON CUELLO V PARA CABALLERO DE ALGODÓN Y 155 g/m²03 14. CHOMPA ABIERTA CON CIERRE 100% ACRÍLICO Y 500 g/m² 04 15.CHOMPA CUELLO JORGE CHAVEZ 100% ACRÍLICO Y 500 g/m²04 16.PAÑAL DE BOMBASÍ COLOR BLANCO DE 1,10 m X 0,75 m, 100% ALGODÓN Y 210 g/m²03 17.PIJAMA DE POPELINA PARA CABALLERO DE ALGODÓN Y POLIÉSTER DE 105 g/m²04 18.PIJAMA DE POPELINA PARA DAMA DE ALGODÓN Y POLIÉSTER DE 105 g/m²04 *Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios- comunes.php. Artículo Segundo .- Aprobar la modi fi cación del Documento de Información Complementaria del rubro Productos para el cuidado personal, equipaje y vestimenta del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, cuya Versión 06, forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo N° 2. Artículo Tercero .- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización que realice la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. Artículo Cuarto .- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2327529-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Formalizan designación de Miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000124-2024-PRE/ INDECOPI San Borja, 19 de setiembre del 2024 VISTOS: El Acuerdo N° 153-2024 del Consejo Directivo; el Informe N° 000682-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000548- 2024-OAJ/INDECOPI, el Memorándum N° 001630-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y el Memorándum N° 000291-2024-GEG/INDECOPI; y CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, se establece que este es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa; adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y que rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021- PRE/INDECOPI, establecen que es función del Consejo Directivo designar, entre otros, a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual de la entidad; Que, asimismo, el literal a) del artículo 22 de la mencionada Ley de Organización y Funciones establece que los miembros de las comisiones del área de competencia son designados por el Consejo Directivo, previa opinión del Órgano Consultivo, por cinco años; Que, mediante el Acuerdo N° 153-2024, el Consejo Directivo del INDECOPI acordó designar como Miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 a la señora Silvia Magali Zavaleta Flores y encomendar a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva las gestiones correspondientes para la debida ejecución de dicho acuerdo; Que, con el Informe N° 000682-2024-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que la señora Silvia Magali Zavaleta Flores cumple con los requisitos para ser designada como Miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2; Que, a través del Informe N° 000548-2024-OAJ/ INDECOPI y del Memorándum N° 001630-2024-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que el Presidente Ejecutivo emita el acto resolutivo que formalice la designación de miembro de la Comisión antes mencionada; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización