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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 29 de setiembre de 2024 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. N° 015.- Aprueban el Manual de Operaciones - MOP del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima 61 Res. N° 035-2024-GG-ICL/MML.- Aprueban modificatoria del Manual de Clasificador de Cargos del Instituto Catastral de Lima 62 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza N° 517-2024-MDL.- Ordenanza que modifica e incorpora artículos en la Ordenanza N° 404-2018-MDL, Ordenanza que regula las licencias de funcionamiento, autorizaciones conexas y aut orizaciones temporales en el distrito de Lince 63Ordenanza N° 518-2024-MDL.- Ordenanza que regula los procedimientos de: Certificado de Jurisdicción; Asignación de Numeración Municipal para Inmuebles Edificados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley N° 29090; Saneamiento Catastral de Predios para fines registrales, notariales y otros; y Servicios Prestados en exclusividad de: Certificado de Nomenclatura Vial; Certificado de Numeración para Inmuebles Edificados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley N° 29090, en el distrito de Lince 66 Ordenanza N° 519-2024-MDL.- Ordenanza de regularización de edificaciones en el distrito de Lince 75 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. N° 020-2024-MSS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 710-MSS, que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial 80 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean la “Mesa Técnica para el Desarrollo de la Provincia de Huanta”, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 018-2024-PCM/SD Lima, 25 de setiembre de 2024 VISTOS:El Memorando Nº D000474-2024-PCM-SSARL y el Informe Nº 00023-2024-PCM-SSARL-FVB; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación intergubernamental de los tres niveles de gobierno en cada territorio. Su enfoque es multisectorial y, en coordinación con los sectores competentes, busca promover el desarrollo a partir de las actividades diversas y de mayor potencial, priorizadas y consensuadas con los actores públicos y privados en los departamentos, provincias, distritos u otros espacios territoriales; Que, en este contexto normativo, siendo necesario aportar en la implementación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Huanta al 2034, y contribuir a la solución de la problemática socioambiental de dicha provincia del departamento de Ayacucho; así como, advirtiéndose la necesidad de analizar y evaluar la mejor estrategia para una adecuada gestión de desarrollo en la provincia, se considera importante y necesario que desde la Secretaría de Descentralización se promueva un mecanismo de articulación para asegurar el desarrollo de dicho ámbito territorial, por lo cual se propone la conformación de una Mesa Técnica para el Desarrollo de la Provincia de Huanta ; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de Mesa Técnica Créase la “Mesa Técnica para el Desarrollo de la Provincia de Huanta”, en adelante Mesa Técnica, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto La Mesa Técnica tiene por objeto coordinar, analizar y establecer una propuesta de agenda de intervenciones que aporten a la implementación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia de Huanta al 2034, y contribuir a la solución de la problemática socioambiental de dicha provincia del departamento de Ayacucho; así como, evaluar e identificar las acciones y actividades orientadas a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población, generando capacidad de respuesta de los tres niveles de gobierno en el corto y mediano plazo. Artículo 3.- Integrantes La Mesa Técnica está integrada de la siguiente manera: